23 feb 2024 , 10:20

¿60 días de vacaciones en un año es posible? El Código del Trabajo te lo explica

Anualmente, cada trabajador tiene derecho a 15 días de descanso, pero se estipulan excepciones.

   

En un mundo donde el ritmo de vida parece acelerarse cada vez más, el descanso se convierte en un bien preciado. El derecho a las vacaciones no solo es una cuestión de justicia laboral, sino también una necesidad para la salud física y mental de los trabajadores.

El Código del Trabajo en Ecuador reconoce este derecho y, aunque establece 15 días de vacaciones anuales para el sector privado, también abre la puerta a la posibilidad de disfrutar de 60 días de descanso en un mismo año.

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Tener vacaciones por 60 días en un mismo año es posible.
Tener vacaciones por 60 días en un mismo año es posible. ( )

¿Dos meses de vacaciones? ¡Sí, pero con condiciones!

Aunque la idea de dos meses de vacaciones consecutivas suena tentadora, el artículo 75 del Código del Trabajo ecuatoriano establece una serie de condiciones que la convierten en una opción excepcional.

La acumulación de vacaciones hasta por tres años no es un derecho automático para todos los trabajadores, sino una medida pensada para casos específicos:

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Art. 75.- Acumulación de vacaciones.- "El trabajador podrá no hacer uso de las vacaciones hasta por tres años consecutivos, a fin de acumularlas en el cuarto año."

Para acceder a este beneficio, el trabajador debe cumplir con un requisito fundamental: no haber tomado vacaciones durante tres años consecutivos.

Esto significa que, si el trabajador ha disfrutado de su descanso anual, aunque sea por un período corto, no podrá acogerse a la posibilidad de acumularlas y tomar dos meses de una sola vez.

Un ejemplo de un caso excepcional sería un empleado que fue contratado en 2020 y no ha tomado vacaciones hasta ahora. Esta persona sí podría usar el artículo 75 para solicitar dos meses de descanso, ya que se trata de una situación atípica.

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Sin embargo, es importante recordar que el descanso es un derecho irrenunciable consagrado en el artículo 69 del Código del Trabajo:

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Art. 69.- Vacaciones anuales.- "Todo trabajador tendrá derecho a gozar anualmente de un período ininterrumpido de quince días de descanso, incluidos los días no laborables [...]"

Renunciar a las vacaciones durante tres años consecutivos no solo puede afectar la salud física y mental del trabajador, sino que también puede tener repercusiones negativas en su productividad.

Por lo tanto, si bien la posibilidad de acumular vacaciones hasta por tres años existe, se recomienda no abusar de ella y tomar el descanso anual correspondiente para garantizar el bienestar del trabajador y su correcto desempeño laboral.

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