12 may 2024 , 11:07

Ley de Erradicación de la Violencia y el Acoso en el Trabajo: ¿Qué significa la desconexión digital después de la jornada laboral?

La Asamblea Nacional se ratificó en seis de los 11 artículos que vetó el presidente de Daniel Noboa sobre el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en Todas las Modalidades de Trabajo.

El pasado 22 de febrero, la Asamblea Nacional aprobó la ley para erradicar la violencia y el acoso en espacios laborales, en todas sus modalidades. Con esto, se reforma el Código Laboral y la Ley de Servicio Público para agilizar denuncias y proteger a víctimas tanto del sector público como privado.

Posterior a ello, el pasado miércoles 8 de mayo en la misma Asamblea se ratificaron los seis de los 11 artículos que fueron vetados por el presidente Daniel Noboa sobre esta ley, lo que oficializó como causal de acoso la obligación a un empleado a estar pendiente de su celular fuera de horario de trabajo.

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La legisladora ponente del proyecto, María Teresa Pasquel, de Gente Buena, empezó diciendo que la ley va a contribuir al bienestar tanto de la empresa como de los trabajadores, a la productividad, al crecimiento personal, grupal, y de la organización y de todo el país.

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“Empecemos desde nuestros hogares, empecemos desde nuestro trabajo, que es casi nuestro segundo hogar, a establecer el respeto, la dignidad, las oportunidades de trabajo, las oportunidades de crecimiento y un ambiente en el que haya equidad y justicia y un clima laboral adecuado para todos”.

Es que el objetivo, según los ponentes, es garantizar ambientes laborales seguros, erradicar violaciones a derechos humanos y proteger la dignidad de los trabajadores. Por eso elimina la reglamentación burocrática, para fortalecer la eficacia de las reformas y asegurar el derecho a la justicia.

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Así, aprobada la nueva ley, que aún no consta en el Registro Oficial, habrá sanción por acoso por vías telemáticas, es decir, que los empleados estén pendientes de su celular o correo electrónico fuera del horario laboral, lo que restringe a los empleadores a exigir a sus funcionarios.

El irrespeto al tiempo de descanso, permisos y vacaciones será una infracción, al igual que irrumpir en la intimidad personal y familiar. Además, los empleadores no podrán cambiar de responsabilidades al empleado sin su consentimiento explícito.

Incluye la violencia y el acoso de género o por razones discriminatorias. Y no solo contarán las cometidas en el lugar de trabajo, sino en cualquier momento en contra de una de las partes de la relación laboral o entre trabajadores.

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Para María Teresa Pasquel la norma y la ley no son nuevas, "está hecha desde hace muchos años, tenemos desde el 2010 con la OIT donde ya se estableció esto del cuidado del clima laboral, ya se hablaba del bullying, del síndrome de burnout o cansancio mental, y claro, posteriormente, ya desde el 2015 se estableció en el país justamente el cuidado de del clima laboral de evitar el estrés de las organizaciones".

Y aclara, ante los comentarios negativos, que lo que se ha hecho es modernizar y actualizar esas leyes que "están dadas desde el año 2010, 2015, 2019 y 2021". La asambleísta enfatiza que ahora lo que se ha hecho es instaurar jurídicamente los términos violencia y acoso laboral.

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“La violencia, puede ser en un solo acto de una sola ocasión. Un acto violento tiene que ser denunciado internamente primero en los departamentos de talento humano de las organizaciones (...) si el violentado no siente que la empresa le ha respondido adecuadamente, puede acudir al Ministerio de Trabajo, a un inspector de trabajo que haga el proceso legal administrativo para analizar qué ha pasado en el interior de la organización y determinar si hubo violencia”, explica María Teresa Pasquel, Asambleísta.

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De lado del acoso laboral, Pasquel deja claro que se trata de acciones que van en detrimento del respeto de la dignidad de los trabajadores en cualquier caso en el que son actos repetitivos y constantes y que van en aumento.

Pero, la ley aprobada en la Asamblea dice textualmente que las conductas que tengan como resultado el menoscabo, maltrato, humillación, amenace o perjudique los derechos adquiridos de la persona violentada o acosada laboralmente, podrán denunciarse, aunque ocurran una sola vez, o de manera repetitiva.

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Además, en el lapso que dure la investigación, ninguna de las partes podrá ser despedida. Y, si no se identifica a los responsables, las medidas de reparación serán disculpas públicas en medios para dejar constancia del acoso.

Para la legisladora es importante aclarar que "no es lógico que digamos que porque le ha llamado al trabajador en un día sábado o fuera del horario de trabajo por una ocasión, por pocas ocasiones, se trata de acoso, porque el acoso es cuando son repetitivos, constantes y continuos sin considerar la vida privada".

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¿Qué es la desconexión digital?

Intentar contactar por asuntos laborales al trabajador fuera de su horario específico de trabajo estará prohibido, según el artículo 12 de la Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y Acoso Laboral, que es un paquete de reformas al Código del Trabajo, donde ahora comprende también la desconexión digital.

Consultamos a un abogado experto en temas laborales y especifica que las denuncias por estos casos generalmente son nulas, "hay temor y eso permite el abuso porque un empleado sabe que esto podría convertirse en un mal antecedente frente a otro empleador". Por ello, explica que aunque exista la ley, el cumplimiento dependerá de quienes se atrevan a denunciar.

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“Será objeto de sanción el desacato al tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de la privacidad de la intimidad personal y familiar".

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Para considerarse acoso, de acuerdo a la normativa en temas de desconexión, basta solo con que el empleador escriba una solo vez al celular, así como llamar o enviar un correo fuera del horario de trabajo al empleado para darle órdenes.

Se establecen varias sanciones para jefes y empleadores que no cumplan con esta normativa, las multas que establece el Ministerio de Trabajo en casos de acoso laboral corresponde al pago de 20 salarios básicos, es decir supera los USD 9 000. A esto se suman medidas adicionales de reparación que en muchos casos serán psicológicas.

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Los trabajadores de nivel jerárquico alto, en referencia a los jefes, que cometan actos de acoso laboral, deben ser cesados de sus funciones cuando se demuestre el abuso cometido.

¿Sabías que?
Entre otros, la violencia es todo tipo de comportamiento que pueda causar daño físico, psicológico, sexual, económico, político o digital. Y la ley pretende sancionar al empleador que pueda llamar a su empleado fuera del horario de trabajo o si le cambia de responsabilidades.

Para evitar sanciones, la ley establece que no se tratará de acoso las funciones relacionadas a lo estrictamente estipulado en los contratos de trabajo. Ante esto, la asambleísta Pasquel es enfática en decir que las solicitudes de trabajo fuera del horario laboral son posibles cuando la empresa lo requiera por casos de emergencia o para evitar perjuicios al interés público, con el respectivo pago de las horas extras.

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Pasquel, detalló que la ley protege la dignidad de todas las personas en el ámbito laboral. Es decir, pasantes, voluntarios, postulantes, personal tercerizado, despedidos o funcionarios en labores están protegidos por esta normativa.

¿Sabías que?
Se define el concepto de violencia y acoso en materia laboral, como todo tipo de comportamiento y prácticas inaceptables, incluidas las amenazas, las cuales pueden ser hasta considerados actos discriminatorios.
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