El incremento de la pena por el delito de terrorismo entró en vigencia este domingo
Es parte de un paquete de reformas que aprobó la Asamblea Nacional para endurecer las sanciones por algunos delitos.
Desde este domingo 30 de abril está vigente la reforma al artículo 366 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), aprobada por la Asamblea, en enero de este año, las nuevas condenas van de 16 a 26 años, dependiendo de la gravedad.
Las personas que individualmente o formando asociaciones armadas provoquen o mantengan en estado de terror a la población, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas, será juzgada con más rigurosidad.
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Se incrementó la pena privativa de libertad de 13 a 16 años años de cárcel con nueve agravantes, entre ellos: la utilización y detonación de explosivos en medios de transporte, destrucción por cualquier medio de edificaciones públicas o privadas, actos de violencia que causen lesiones en áreas estratégicas, quienes roben u obtengan mediante amenazas materiales nucleales, si se coloca y detona un artefacto o sustancia explosiva que cause la muerte de una o más personas, la pena sube de 22 a 26 años.
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La vigencia del endurecimiento de las penas ocurre tres días después de la decisión del Consejo de Seguridad Pública del Estado que declaró al terrorismo como una amenaza a la seguridad e integridad territorial y permitir la participación directa de las Fuerzas Armadas.
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