29 jul 2024 , 11:18

Desde el 30 de julio se aplicarán las multas por exceso de velocidad en Quito

Inicialmente, la AMT desplegó operativos preventivos de velocidad en diferentes sitios de la ciudad durante siete meses. Ahora se comenzará con los controles sancionatorios.

   

Las altas cifras de siniestralidad por exceso de velocidad, en Quito, se han convertido en una preocupación constante para el Municipio. De hecho, hasta finales de junio de 2024, se produjeron 267 siniestros, 157 lesionados y 39 fallecidos por esa causa, según los reportes de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT).

Además, la AMT constató que los que más exceden los límites de velocidad son los automóviles con un porcentaje del 78%, seguidos por las motos con 14%, autobuses 5% y 3% otros automotores.

Ante esa realidad, la AMT desplegó operativos preventivos de velocidad en diferentes sitios de la ciudad, pero desde mañana, 30 de abril de 2024, se comenzará con los controles sancionatorios en la zona urbana. Los dispositivos tienen la única finalidad de disminuir el índice de siniestralidad.

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En zonas urbanas, el límite es de 50 km/h y el rango moderado de 50 a 60 Km/h para vehículos livianos, motocicletas y similares. Sin embargo, durante los dispositivos se registró a 3 859 conductores que superaron el límite y velocidades de hasta 103 km/h. Para vehículos de transporte público de pasajeros, el límite de velocidad máxima, en zona urbana, es de 40 km/h y el rango moderado de 40 a 50 km/h.

Las sanciones

Están estipuladas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), de la siguiente manera:

Art. 386-3

Será sancionado con pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de diez puntos en su licencia de conducir.

  • La o el conductor que, con un vehículo automotor, exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado, establecidos en el reglamento correspondiente.
  • Art. 389-6

    Serán sancionados con multa equivalente al treinta por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general.

  • La o el conductor que con un vehículo automotor exceda dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos, de conformidad con los reglamentos de tránsito correspondientes.
  • Los controles responden a un informe técnico emitido por la Dirección de Ingeniería de Tránsito de la AMT. Este señala que durante todo el 2024 el exceso de velocidad es la principal causa basal probable de siniestros en las vías de la capital.

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