Quito: a partir de julio se comenzará a sancionar a quienes conduzcan con exceso de velocidad
Así lo anunciaron la Secretaría de Movilidad y la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) del Municipio. En mayo ya se realizaron los operativos preventivos.
La Secretaría de Movilidad y la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) anunciaron que se reforzarán los operativos de control sancionatorios en el sur, norte y centro de Quito por los altos índices de siniestralidad por exceso de velocidad.
Junto a Bloomberg Philanthropies, una fundación internacional de prevención de siniestros viales, estas instituciones realizaron operativos preventivos, durante el mes de mayo, con la campaña denominada 50 km/h es la clave. El objetivo era que los vehículos que circulan en la zona respeten los límites de velocidad y evitar choques, volcamientos, rozaduras, etc.
La AMT constató que los vehículos que más exceden los límites de velocidad son los automóviles con un porcentaje del 78%, seguidos por las motos con 14%, autobuses 5% y 3% otros automotores.
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Lo que dice la ley
El artículos 386, inciso 1, literal 3 del Código Orgánico Integral Penal señala que quienes excedan los límites de velocidad fuera del rango moderado, será sancionado con pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado y reducción de diez puntos en su licencia de conducir.
Según el artículo 389, literal 6, el conductor que con un vehículo automotor sobrepae dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos, será sancionado con multa equivalente al 30% de un salario básico unificado.
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