17 may 2023 , 17:02

Muerte cruzada en Ecuador: ¿qué significa gobernar por decreto?

El presidente Guillermo Lasso emitirá, al menos, cinco decretos ley en los próximos días.

   

Ecuador se levantó hoy, miércoles 17 de mayo de 2023, con la noticia de que la muerte cruzada era una realidad. Es que tras firmar el decreto 741, el presidente Guillermo Lasso disolvió la Asamblea Nacional y ordenó que se convoquen nuevas elecciones.

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Este mecanismo legal se aplica por primera vez en el país, desde que en 2008, durante el periodo de Rafael Correa, fue incluido en la Constitución. A partir de ahora el presidente Lasso podrá gobernar por decretos-leyes por un periodo máximo de seis meses, pero ¿qué significa esto?

Muerte cruzada en Ecuador: ¿qué no puede hacer el presidente?

Durante este periodo excepcional en que la Asamblea Nacional no está en funciones, el presidente sólo puede promulgar decretos-leyes, lo que supone que entran en vigencia sin la aprobación del Legislativo. Aunque sí deben recibir el dictamen favorable de la Corte Constitucional (CC).

Estos deberán estar relacionados exclusivamente a temas urgentes en materia económica y tributaria; Lasso expidió el primero de esos decretos-leyes. Tiene que ver con la reforma tributaria, que hace pocos días había enviado a la Asamblea Nacional con el carácter de urgente.

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"He firmado el primer decreto ley de urgencia económica para reducir impuestos, fortalecer la economía de 460.000 familias ecuatorianas y que significará que cerca de $200 millones regresen a sus hogares", informó el mandatario en un mensaje al país, en medio de la disolución de la Asamblea Nacional.

Además, se espera que el presidente emita, al menos, cinco decretos ley en los próximos días, entre esos, el de materia laboral, el cual en 2021 el Legislativo no tramitó.

Por su parte, el ministro de Gobierno, Henry Cucalón, explicó, a través de una rueda de prensa, las limitaciones de esta figura, "por ejemplo, no podemos proponer un proyecto de reformas penales en este periodo", mencionó el funcionario durante una rueda de prensa.

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El artículo 148 de la Constitución señala que: "Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, el presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo".

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