26 mar 2022 , 20:39

Lasso revela los nombres de cinco asambleístas que habrían intentado chantajearlo

Hizo un llamado a la fiscal Diana Salazar para que inicie las investigaciones

   

La polémica se generó en esta semana luego de que el presidente Guillermo Lasso anunciara que un grupo de asambleístas le pidió dinero en efectivo y ministerios a cambio de su respaldo por el proyecto de Ley de Inversiones que se debatió en la Legislatura ​​​​​​.

A través de un video difundido en las redes sociales, horas después de que la propuesta fuera negada y archivada, el Primer Mandatario dijo: “La Legislatura le ha dado la espalda a la mujer ecuatoriana, a los jóvenes ecuatorianos, negándoles la oportunidad de empleo y prosperidad. Le quiero decir a todo el Ecuador que esta ley ha sido negada porque no hemos aceptado el chantaje de asambleístas que vienen a pedir hospitales, empresas eléctricas y ministerios a cambio de su voto”.

Asimismo, le pareció “el colmo de los colmos” que legisladores acudieron al Gobierno a pedir dinero en efectivo.

A raíz de esas declaraciones, asambleístas y políticos le exigieron al Jefe de Estado que revelara los nombres de quienes le pidieron beneficios y este sábado 26 de marzo del 2022, él publicó un comunicado dirigido a la fiscal Diana Salazar en el que señala:

“He sido informado que, durante el mes de marzo del 2022, en una reunión de carácter político mantenida por colaboradores de este despacho con asambleístas Rosa Cerda, Gisella Molina, Edgar Quezada, Celestino Chumpi y Cristian Yucailla, así como el asesor legislativo de este último, Marco Rosero, por asuntos relacionados con la tramitación en la Asamblea Nacional del proyecto de Ley de Atracción de Inversiones, aquellos legisladores habrían pedido beneficios económicos para sí a cambio de consignar su voto a favor de la propuesta de ley”.

Y acota que eso es “gravísimo” . Le dice a la fiscal Diana Salazar que eso él “no puede permanecer silente”. Primero, porque traicionaría sus obligaciones como presidente, así como la confianza que el pueblo ecuatoriano ha depositado en él para desterrar la deshonestidad como nefasta práctica de la política ecuatoriana.

A su juicio, callar ante esos actos constituiría una infracción penal tipificada como omisión de denuncia –según el artículo 277 del Código Orgánico Integral Penal (COIP)- que se sanciona con prisión que va de 15 a 30 días.

Añade que los asambleístas están prohibidos de percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no sean los correspondientes a su función de legisladores, según el artículo 127, numeral 4 de la Constitución, so pena de perder tal calidad. Además, con base en el artículo 281 del COIP que trata sobre el delito de concusión que se sanciona con prisión de tres a cinco años, Lasso le informa a Salazar que “cumplo con mi obligación moral, política y legal de poner en su conocimiento lo anterior, a efectos de que en ejercicio de sus competencias inicie las investigaciones que corresponden, con arreglo a la ley”.

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