La Corte Constitucional admite a trámite demanda sobre uso de celulares
La Corte Constitucional determinará si es constitucional o inconstitucional prohibir el uso de celulares en las Juntas Receptoras del Voto
- Fotografía del sufragio de las elecciones del 9 de febrero de 2025( )
La Corte Constitucional tratará la demanda de la Inconstitucionalidad a la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) para determinar si es constitucional o inconstitucional la prohibición de uso de dispositivos móviles, eléctricos o electrónicos a los electores durante el sufragio en las Juntas Receptoras del Voto (JRV).
Sin embargo, negó la suspensión temporal de la norma, es decir, que hasta que la Corte no resuelva, no se puede restringir que los ciudadanos tomen la foto a la papeleta. La norma está vigente hasta que la entidad resuelva si prohíbe o no.
La demanda será remitida al Pleno para saber si este tema será tratado con urgencia para que eso se resuelva antes del 13 de abril de 2025, día en que se llevará a cabo la segunda vuelta electoral.
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Lo que debes saber sobre la prohibición del uso de celulares
El Consejo Nacional Electoral (CNE) prohibió a los electores usar los celulares u otros dispositivos móviles durante el sufragio en la segunda vuelta electoral que se efectuará el próximo domingo 13 de abril de 2025. De esta manera, los ciudadanos no podrán tomar fotos a la papeleta.
Los miembros de las juntas receptoras del voto tampoco podrán usar el celular desde las 17:00 del 13 de abril y hasta que termine el escrutinio, salvo una persona para que utilice la calculadora.
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