La Corte Constitucional crea una comisión para que no se perpetúe estado de excepción
Emitió un dictamen en el que declaró la constitucionalidad parcial del último estado de excepción decretado por Noboa, a inicios de año, y prorrogado para marzo de 2025
- Imagen referencial de un grupo de militares patrullando la Plaza Grande.( )
La Corte Constitucional (CC) emitió un dictamen la mañana de hoy, miércoles 5 de marzo de 2025, sobre los alcances del Decreto Ejecutivo número 493. En este, el presidente Daniel Noboa ratificó el estado de grave conmoción y conflicto armado interno en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y Sucumbíos, así como el Distrito Metropolitano de Quito y los cantones La Troncal (Cañar) y Camilo Ponce Enríquez (Azuay).
Luego del control, la CC determinó la constitucionalidad del Decreto 493. "Encontró que este no justificó las razones para la declaratoria de estado de excepción dentro de los centros de privación de libertad ni del cantón La Troncal". Además, "como lo ha venido haciendo en múltiples dictámenes previos, "Consideró que no se ha configurado la causal de conflicto armado interno, pues no se cumplen los requisitos de organización ni de intensidad que permitan calificar la situación como un enfrentamiento bélico".
Por otro lado, la CC ordenó la creación de una comisión integrada por diferentes instituciones para evitar que se perpetúe el estado de excepción decretado contra el crimen organizado, medida que el presidente Noboa ha mantenido por más de un año en varias zonas.
Tras emitir el dictamen donde declaró la constitucionalidad parcial del último estado de excepción decretado por Noboa a inicios de año y prorrogado recientemente para el mes de marzo, el tribunal advirtió de la necesidad de encontrar la fórmula para enfrentar a las bandas criminales dentro del ordenamiento jurídico ordinario sin recurrir al estado de excepción.
En repetidas ocasiones la CC señaló que la declaración de "conflicto armado interno" esgrimida por el presidente Noboa no era suficiente razón para declarar el estado de excepción contra el crimen organizado y que esta debía estar fundamentada en hechos comprobables.
Por ello, el máximo tribunal de garantías en Ecuador había declarado inconstitucionales algunos estados de excepción y otros los había suavizado ya que, en la mayoría de los casos, implicaban la suspensión de derechos fundamentales como la inviolabilidad del domicilio, inviolabilidad de la correspondencia, libertad de reunión e incluso en ocasiones libertad de tránsito con toques de queda nocturnos.
"Ya no basta (...) con efectuar exhortos, pedidos y llamados de atención, como se ha realizado en dictámenes previos, sino que, en busca de que Ecuador pueda volver a los cauces jurídicos ordinarios, y con ello garantizar el respeto a la Constitución y la naturaleza extraordinaria del estado de excepción", manifestó la Corte Constitucional en un comunicado.
La comisión que trabajará en ese sentido se reunirá una vez cada dos meses en la Corte Constitucional y estará compuesta por la Presidencia y representantes del Gobierno, Policía, Fuerzas Armadas, Asamblea Nacional (Parlamento), Consejo de la Judicatura, Fiscalía, Defensoría del Pueblo, entre otros organismos.
Así, el tribunal confía en que "se generen e implementen herramientas que permitan superar los problemas estructurales de violencia y crimen organizado a través del régimen constitucional ordinario".
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🔵#BoletínCC | La Corte Constitucional del Ecuador emite el Dictamen 1-25-EE/25, sobre el control de constitucionalidad del decreto ejecutivo de estado de excepción 493.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) March 5, 2025
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Obligaciones para el Gobierno
"Si se emiten nuevos decretos de estado de excepción bajo la causal de grave conmoción interna para combatir estos problemas estructurales, la Presidencia tendrá la obligación de justificar que ha implementado las medidas disponibles en el régimen ordinario y demostrar que aquellas que no están disponibles y son necesarias, no responden a su inacción o negligencia", concluyó.
El último estado de excepción, que fue emitido en enero y renovado esta semana para otros 30 días, rige en las ciudades de Quito y Guayaquil, así como en Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y Sucumbíos, incluidas las cárceles ubicadas en estas jurisdicciones, así como en los municipios de La Troncal, en la provincia de Cañar, y de Camilo Ponce Enríquez, en la provincia de Azuay.
Sobre ese decreto, la Corte dictaminó la constitucionalidad exclusivamente respecto de la causal de grave conmoción interna, salvo en el cantón La Troncal y en las prisiones, pues determinó que la grave situación de violencia y crimen organizado que atraviesa Ecuador responde a un problema estructural que no puede ni debe ser resuelto a través de un estado de excepción.
"Esta figura constitucional debe ser extraordinaria y temporal, pues su ordinarización pone en riesgo al Estado democrático, los derechos constitucionales y la seguridad del Estado", anotó.
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No hay "enfrentamiento bélico"
Respecto a la situación de "conflicto armado interno", figura declarada por Noboa desde enero de 2024, el tribunal sostuvo que no se ha configurado dicha causal, pues no se cumplen los requisitos de organización ni de intensidad que permitan calificar la situación como un enfrentamiento bélico.
Y concluyó también que la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional puede efectuarse a través del régimen ordinario, ya que este contempla herramientas suficientes para afrontar el crimen organizado, sin necesidad de la declaratoria de un estado de excepción.
En cuanto a las medidas extraordinarias ordenadas, declaró la constitucionalidad de la suspensión de los derechos a la inviolabilidad de domicilio (exclusivamente para la conducción de allanamientos) y de correspondencia, así como de la suspensión focalizada del derecho a la libertad de tránsito.
Los ecuatorianos vivieron en enero pasado, el inicio de año más violento desde que se tienen registros con 781 homicidios, 276 más que los 505 registrados en 2024, y 247 más que los 534 de 2023, año en el que Ecuador se situó a la cabeza en el índice de muertes violentas de Latinoamérica.
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La comisión encargada del concurso para la renovación parcial de jueces de la Corte Constitucional designó a los tres nuevos magistrados que integrarán ese organismo. 👉 https://t.co/8izhNqQPpo pic.twitter.com/RwyWgWHCi5
— Ecuavisa Noticias (@EcuavisaInforma) March 5, 2025
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