21 ago 2024 , 14:50

El periodo de la segunda veda de cangrejo rojo y azul será del 1 al 30 de septiembre

Así lo indica el Acuerdo Ministerial número MPCEIP-SRP-2024-0025-A del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca

   

El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MICIP) informó que la próxima veda del cangrejo azul (Cardisoma crassum) y rojo (Ucides Occidentalis) será desde el 1 hasta el 30 de septiembre del presente año. En esta ocasión, la prohibición de su captura y consumo se dará por el período de muda de esas especies.

Así lo establece el Acuerdo Ministerial número MPCEIP-SRP-2024-0025-A. El MICIP ha informado que quienes infrinjan las reglas establecidas para la preservación de estas especies podrían enfrentar multas que oscilan entre dos y diez remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general (de USD 920 a USD 4600), así como penas de prisión de 15 a 60 días, o la imposición de una de estas sanciones de manera individual.

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El cangrejo no es el único animal que cuenta con una veda para su conservación. Otras especies ya cuentan con un calendario de veda definido, las cuales son:

  • Camarón de aguas someras: 28 de diciembre del año anterior hasta el 30 de enero.
  • Langosta: del 16 de enero al 16 de junio.
  • Camarón pomada: del 15 de enero al 1 de marzo, del 1 de mayo al 30 de mayo.
  • Recurso hojita: del 1 de febrero al 30 de junio.
  • Peces pelágicos pequeños (sardina o pinchagua, chumumo, chuhueco): 22 de diciembre del año anterior al 4 de enero y del 17 de enero al 27 de febrero.
  • Recurso pulpo: del 1 de mayo al 30 de junio.
  • Dorado: del 1 de julio al 7 de octubre.
  • Buques de cerco de la flota atunera: 9 de noviembre del año anterior al 19 de enero, 29 de julio al 8 de octubre, 9 de octubre al 8 noviembre.
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