Mire lo que dice el Código del Trabajo respecto a los días de descanso obligatorio en Ecuador que serán próximo 3 y 4 de marzo
- Miles de ecuatorianos se alistan para disfrutar de los desfiles y comparsas del Carnaval.( )
El feriado de Carnaval se acerca y una de las preguntas que se hacen los ecuatorianos tiene que ver con la recuperación de esos días de descanso en el ámbito laboral, que en este 2025 serán el 3 y 4 de marzo. Según el artículo 65 del Código del Trabajo, estos días son de descanso obligatorio a escala nacional y no son recuperables.
Eso implica que quienes trabajen deberán cobrar por las horas que laboren. Esto rige para el sector público y privado. De otro lado, el próximo 1 y 2 de marzo son días normales de un fin de semana.
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El Carnaval de Ecuador es una de las festividades más esperadas del año. Se celebrará los días lunes 3 y martes 4 de marzo, según el cronograma oficial del Ministerio de Turismo. Estos días de descanso obligatorio se sumarán al fin de semana, que incluirá el sábado 1 y domingo 2 de marzo.
El Carnaval, que se celebra en los días previos al Miércoles de Ceniza, es una festividad que varía cada año de acuerdo con el calendario litúrgico.
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¿Cuánto me deben pagar si trabajo en el feriado de Carnaval?
Si a un empleado le corresponde trabajar el 3 y 4 de marzo del próximo feriado, debe percibir un salario completo sin descuentos por los días trabajados. Le toca recibir el 100% de recargo en las horas trabajadas.
¿Cómo se hace el cálculo por cada día de feriado? El trabajador debe dividir su sueldo entre 30 días y el resultado multiplicarlo por dos. Si alguien percibe USD 800, el resultado es de 53,33.
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