11 mar 2025 , 20:30

Corte Constitucional rechazó la eliminación de las causales de divorcio

En una sentencia dividida, de cinco jueces contra cuatro, la Corte Constitucional no dio paso al divorcio unilateral.

   

La Corte Constitucional no dio paso al divorcio unilateral. En una sentencia dividida, de cinco jueces contra contra cuatro, la mayoría decidió negar la demanda para eliminar las causales de divorcio y para que se permita que el matrimonio termine cuando uno de los dos integrantes de la pareja ya no quiera estar casado.

Para la corte, quienes optan por casarse lo hacen a sabiendas de la ley vigente, y cualquier modificación al régimen de divorcio corresponde a la Asamblea Nacional.

Con este fallo, se ratifican las causales de divorcio que constan en el Código Civil; si un cónyuge quiere divorciarse, debe justificar ante un juez que en su matrimonio hay:

  • Adulterio
  • Violencia
  • Falta de armonía
  • Amenaza contra la vida
  • Actividades ilícitas
  • Condena mayor a 10 años
  • Ebrio habitual o toxicómano
  • Abandono de hogar
  • El demandante alegó que exponer este tipo de problemas personales y la vida privada es inconstitucional y que el Estado no puede obligar a una persona a seguir casada si ya no lo desea. La Corte Constitucional determinó que esas circunstancias no violan derechos. Sin embargo, exhortó a la asamblea a que reforme las leyes para garantizar la confidencialidad de los procesos judiciales sobre divorcios.

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