08 ene 2024 , 16:25

Daniel Noboa decreta su primer Estado de Excepción

Lo anunció en un video este lunes 8 de enero de 2024 mediante un video. El Decreto Ejecutivo señala que no habrá libertad de tránsito desde las 23:00 hasta las 05:00 en todo el país, por los próximos 60 días.

   

El presidente Daniel Noboa Azín declaró su primer estado de excepción, a escala nacional, este lunes 8 de enero de 2024, por grave conmoción interna y para que las Fuerzas Armadas respalden a la Policía Nacional en las tareas de seguridad ciudadana.

Lo hizo mediante la suscripción del Decreto Ejecutivo número 110, de 11 artículos, y ahora los militares tendrán "todo el respaldo político y legal en su accionar". La medida fue adoptada tras la crisis carcelaria registrada durante el último fin de semana en los centros de rehabilitación social del país y la fuga de José Adolfo Macías Villamar, alias Fito, cabecilla de la agrupación delictiva Los Choneros, quien cumplía una pena de 34 años en la cárcel Regional Guayas.

El Primer Mandatario hizo el anuncio en un video, de un minuto 15 segundos de duración, publicado en las redes sociales. "Ecuatorianos se acabó el tiempo en el que los condenados por narcotráfico sicariato y el crimen organizado le dictaban al gobierno de turno que hacer lo que estamos viendo en las cárceles del país es el resultado de la decisión de enfrentarlos".

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Y añadió: "Por eso, desde el Gobierno hemos emprendido acciones que nos permitan recuperar el control de los centros de privación de libertad que se ha perdido en los últimos años y en respuesta estos grupos narcoterroristas pretenden amedrentarnos y creen que cederemos ante sus demandas he dado disposiciones claras y precisas a los mandos militares y policiales para que intervengan en el control de las cárceles.

El Jefe de Estado firmó el Decreto de Estado de Excepción para que las Fuerzas Armadas tengan todo el respaldo político y legal en su accionar. "Hago un llamado a la ciudadanía, ya que esta lucha es de todos y que también les den su respaldo lo que vivimos es una muestra de que las cosas deben cambiar en el país y que las leyes que tenemos no son suficientes para vivir en paz por lo que no hay espacio para políticos oportunistas que Sacar crédito a costa de una crisis de seguridad penitenciaria nosotros no vamos a negociar con terroristas, ni descansaremos hasta devolverle la paz a todos los ecuatorianos".

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Las restricciones

El Decreto Ejecutivo señala que no habrá libertad de tránsito desde las 23:00 hasta las 05:00 en todo el país, por los próximos 60 días, contados desde este 8 de enero de 2024.

Las restricciones no se aplican en los siguientes sectores:

  • Los servicios de salud pública y la red complementaria.
  • Seguridad y fuerza pública, gestión de riesgos y emergencias.
  • Servicios de emergencia vial.
  • Servidores públicos y personal de la Presidencia, Vicepresidencia, ministerios de Gobierno, Defensa, Interior, Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado, cuerpo diplomático acreditado en el país.
  • Servidores públicos o personal de contratistas de entidades públicas.
  • Personas que formen parte de cadenas logística, incluido el sector exportador.
  • Gente que se traslade hacia el aeropuerto o salga de esas instalaciones.
  • Abogados que acrediten dirigirse a diligencias judiciales. También funcionarios de la Corte Constitucional, servidores públicos y de la Función Judicial.
  • Trabajadores de medios de comunicación social que acrediten la necesidad de trasladarse.
  • Empleados de sectores estratégicos como energía eléctrica, telecomunicaciones, recursos naturales no renovables, transporte y refinación de hidrocarburos, biodiversidad y el patrimonio genético, espectro radioeléctrico, agua, provisión de servicios públicos de agua potable.
  • Personas que, en el ejercicio de sus actividades económicas, abastezcan una cadena productiva.
  • El Ministerio de Gobierno podrá autorizar los eventos públicos y actividades turísticas en los que no haya riesgo de violencia, previo a una evaluación. Quienes se encuentren en esas excepciones deberán acreditarlo documentadamente.

    Los efectivos de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas, así como personal de tránsito, están facultados para exigir la documentación que acredite encontrarse en una actividad exceptuada a toda persona que circule en el horario de toque de queda.

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