02 jul 2024 , 14:45

Daniel Noboa decreta un nuevo estado de excepción en seis provincias y un cantón

La Presidencia del Ecuador destaca que este decreto tuvo el apoyo de la Asociación Mundial de Juristas. Sus últimos dos estados de excepción fueron dados de baja por la Corte Constitucional.

   

El presidente Daniel Noboa, mediante el Decreto Ejecutivo N° 318, declaró un nuevo estado de excepción este martes 2 de julio, en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y en el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay, por grave conmoción interna y conflicto armado interno, por 60 días.

La Presidencia de la República destaca que esta disposición tuvo el respaldo de la Asociación Mundial de Juristas (WJA, por sus siglas en inglés), institución que elaboró un informe que concluyó que el documento se ajusta al marco constitucional.

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Los últimos dos estados de excepción fueron dados de baja por la Corte Constitucional, ya que consideraron que los argumentos presentados no cumplieron los requisitos previstos en la Constitución.

Estos son los derechos que se suspenden con el actual estado de excepción

Con el presente decreto ejecutivo se suspenden los derechos de libertad de correspondencia, de inviolabilidad de domicilio, y de la libertad de asociación y reunión. No habrá toque de queda.​​​​​​

Esto implica que las fuerzas del orden puedan hacer inspecciones, allanamientos, y las requisas correspondientes conducentes a la ubicación, registro de los lugares destinados a ocultarse las personas pertenecientes a los grupos armados organizados, así como la toma física de los materiales o instrumentos para el cometimiento de delitos.

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Además, la suspensión del derecho a la inviolabilidad de correspondencia pretende la identificación, análisis y recopilación de mensajes comunicaciones, cartas o misivas físicas o electrónicas que tengan por objeto el ocultamiento de cualquier miembro del grupo armado organizado.

Por último, la limitación de la libertad de asociación y reunión de las personas consiste en impedir cualquier acción que afecte la seguridad y el orden público, provocada por los integrantes, colaboradores o cualquier persona afín a los grupos armados organizados o a los grupos de delincuencia organizada.

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