27 mar 2025 , 14:13

La Asamblea aprueba ley de rentas petroleras para Esmeraldas, Sucumbíos y Santa Elena

Los municipios, prefecturas y gobiernos parroquiales de esas provincias recibirán USD 1 por cada barril de petróleo procesado en sus jurisdicciones.

   

Con 106 votos a favor y dos abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate la Ley de Rentas por Refinamiento de Petróleo, que beneficiará a las provincias de Esmeraldas, Sucumbíos y Santa Elena. La sesión número 1017 se llevó a cabo este miércoles 26 de marzo en la ciudad de Esmeraldas, dos semanas después del derrame de crudo por la rotura del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE) en esa provincia.

La sesión se desarrolló en el auditorio Euskadi de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Para garantizar la seguridad, al menos 150 policías y 45 agentes de la escolta legislativa resguardaron el sitio desde las 06:00, aunque los legisladores comenzaron a llegar al mediodía. Además, 35 agentes de tránsito desviaron la circulación en cuatro cuadras aledañas al recinto.

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El debate inició a las 13:35 en modalidad híbrida, con la participación de 119 asambleístas, de los cuales 58 asistieron de manera presencial.

Durante la sesión, intervinieron 13 legisladores, en su mayoría de las provincias beneficiadas. También estuvieron presentes los alcaldes de Esmeraldas, Rioverde, Quinindé, San Lorenzo y el vicealcalde de Muisne.

A diferencia de las sesiones en Quito, donde se utilizan pantallas electrónicas y pulsadores para votar, en esta ocasión los legisladores levantaron carteles de cartulina con las palabras "Sí", "No" o "Abstención". La votación tomó menos de 25 minutos y concluyó con la aprobación de la normativa.

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La ley establece que se entregará un dólar por cada barril de petróleo refinado en estas provincias. De acuerdo con la normativa, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá transferir USD 45,2 millones a los gobiernos autónomos descentralizados de Esmeraldas, Sucumbíos y Santa Elena que serán distribuidos así: 10 % para los gobiernos parroquiales, 50 % para los municipios y 40 % para las prefecturas

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