25 ago 2023 , 14:20

El Reglamento a Ley de Comunicación prohíbe cualquier tipo de publicidad de empresas de pronósticos deportivos

Las casas de pronósticos deportivos analizan tomar medidas legales para suspender los efectos de esa prohibición.

Las compañías de pronóstico deportivo no podrán hacer publicidad de ningún tipo en Ecuador, según lo determina el artículo 56 del Reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación, promulgado el miércoles 23 de agosto por el presidente de la República, Guillermo Lasso.

La norma señala:

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Se prohíbe la publicidad engañosa, así como todo tipo de publicidad o propaganda de pornografía infantil, de cigarrillos, sustancias sujetas a fiscalización y todo tipo de sistema de apuestas o predicciones deportivas.

Esta disposición se contrapone a la regularización tributaria que el Gobierno Nacional aplicó en mayo a estas actividades. Por ello, las empresas dedicadas a los pronósticos deportivos analizan tomar medidas legales para suspender los efectos de esa prohibición.

Según el abogado Daniel Frías, quien representa a las casas de predicciones deportivas, la disposición incurriría incluso en "discriminación".

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Las compañías de pronóstico deportivo no solo se publicitan en medios de comunicación, sino que auspician incluso la Liga Pro y varios clubes de fútbol que participan en el torneo ecuatoriano.

"Esto tendría ya que ser netamente suspendido porque es una normativa", dijo a Ecuavisa Jeannine Cruz, titular del Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación.

De su lado, las empresas de pronóstico deportivo sostienen que su actividad se ampara en un pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado (PGE), que diferencia su actividad de las apuestas y de los juegos de azar porque su negocio se basa en probabilidades estadísticas.

Asimismo, indican que esa declaración de la PGE los excluye de incurrir en el delito señalado en el artículo 236 del Código Integral Penal (COIP), que sanciona con cárcel a quienes administren o participen en las actividades de casinos, salas de juego, casas de apuestas o juegos de azar.

Por otra parte, el mismo artículo 56 del Reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación autoriza que las bebidas que contengan menos de 5 % de alcohol puedan hacer publicidad en medios de comunicación, lo que significa que se permita nuevamente la promoción de cervezas en medios tradicionales.

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