15 ene 2024 , 18:42

Daniel Noboa envió un proyecto de ley para la recuperación de activos ilícitos a la Asamblea Nacional

Es el segundo proyecto de ley urgente en materia económica que Noboa envía a la Asamblea Nacional durante el estado de excepción que vive el país, y es la cuarta iniciativa legal que remite desde que gobierna Ecuador.

   

El presidente Daniel Noboa envió la tarde de este lunes 15 de enero un segundo proyecto de ley urgente en materia económica a la Asamblea Nacional, durante el estado de excepción que rige el país.

También es la cuarta iniciativa legal que promueve el mandatario en casi dos meses de gobierno, después de las leyes de Eficiencia Económica y Competitividad Energética, además de la enviada en la noche del pasado jueves que pretende subir el IVA al 15 %, sustentada sobre el conflicto armado interno declarado en Ecuador.

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Esta nueva propuesta es titulada "Ley Orgánica para la Recuperación de Activos de Origen Ilícito y Transparencia en la Contratación Pública", y tiene 66 artículos, que reformarían siete leyes vigentes:

  • Ley Orgánica de Extinción de Dominio
  • Código Orgánico Integral Penal (COIP)
  • Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
  • Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado
  • Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado
  • Código Orgánico Administrativo; y
  • Ley de Fabricación, Importación, Exportación, Comercialización y Tenencia de Armas, Municiones, Explosivos y Accesorios.
  • Según el documento del nuevo proyecto, se tiene como objeto extinguir los beneficios económicos asociados a la criminalidad, promover el fortalecimiento de la economía, la promoción de la seguridad ciudadana y la búsqueda de la justicia social; así como mejorar la transparencia y concurrencia de la contratación pública.

    Se describe que estarán sujetos todas las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales y extranjeras que residan y/o realicen actividades económicas en el Ecuador.

    Su objetivo es facilitar la extinción de dominio de activos de origen ilícito a favor del Estado, y a su vez evitar la obtención de recursos ilícitos a través de la contratación pública.

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    Al tratarse de un proyecto de ley urgente en materia económica, la Asamblea Nacional tiene 30 días para modificarlo, aprobarlo o negarlo. Si en ese lapso de tiempo no actúan, será promulgado como decreto-ley.

    Aunque la Constitución señale que solo se puede discutir un proyecto urgente a la vez, también detalla que puede enviarse un segundo si el país se encuentra en estado de excepción.

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