Muerte cruzada en Ecuador: ¿la disolución de la Asamblea impedirá la posesión de las autoridades que el Cpccs escoja?
La muerte cruzada suspendería el último trámite para nombrar autoridades de control; seguirán en funciones prorrogadas el Contralor y el CNE.
El decreto de muerte cruzada, suscrito este miércoles 17 de mayo de 2023 por el presidente Guillermo Lasso Mendoza, conmocionó al país y alteró las agendas de varias entidades del Estado, más cuando se disolvió a la Asamblea Nacional.
Uno de los temas que se encuentran pendientes, una vez que se posesionaron los consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), es la elección y posesión del nuevo contralor, defensor público y dos consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE). Se trata de procesos que, en la actualidad, siguen el cronograma del Cpccs y se hicieron las convocatorias respectivas con más de 170 preseleccionados.
Sin embargo, el artículo 73 de la Ley Orgánica del Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social señala que tras finalizar el proceso de selección de autoridades, las comisiones de selección remitirán al Pleno del Cpccs un informe con los resultados. Y con ello, el Consejo de Participación Ciudadana debe remitir a la Legislatura la nómina de las nuevas autoridades seleccionadas para su posesión.
Pero, ¿es posible cumplir con este procedimiento cuando la Asamblea Nacional ya fue disuelta? ¿Cuál es el trámite que se debe seguir para continuar con los concursos?
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¿Qué pasa si no hay Asamblea Nacional para posesionar a las autoridades?
Ecuavisa.com entrevistó a los abogados constitucionalistas Emilio Suárez y Fausto Lupera, así como a la exconsejera Graciela Mora, quienes explicaron el trámite que se debe seguir para posesionar a las nuevas autoridades.
Todos coincidieron que los concursos deben continuar y no pueden detenerse porque eso iría contra de la normativa. Sin embargo, cada uno maneja criterios distintos sobre cómo influye la disolución del Legislativo para la posesión del nuevo contralor, defensor público y dos consejeros del CNE.
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Para Suárez, la muerte cruzada no altera las atribuciones de las funciones del Estado, entre ellas el Cpccs. "No podrían entrar en funciones en seis meses hasta que tengamos una nueva Asamblea Nacional y esas autoridades sean posesionadas".
Eso implica que las autoridades actuales continuarán. "Lamentablemente seguiremos con el tema de la prorrogación de funciones".
Lupera explicó, con base en el artículo 148 de la Constitución, que ahora el Primer Mandatario tiene la facultad de posesionar a las nuevas autoridades mediante Decreto Ejecutivo. "Lo que ejecutó la Asamblea hasta la medianoche de ayer tiene validez, con todas las facultades otorgadas por la Carta Magna".
A partir de ahora, lo que se haga desde la Función Legislativa no tiene efecto.
Finalmente, Mora explicó que la Corte Consitucional (CC) debe posesionar a las nuevas autoridades. "Si las autoridades designadas por el Cpccs están antes de los seis meses, la CC tiene las atribuciones para posesionar a las nuevas autoridades".
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