15 feb 2024 , 21:23

La transmisión consciente del VIH y otras enfermedades podría castigarse con cárcel

Esta es una de las propuestas que se incluye en el proyecto de reformas al COIP.

La Asamblea Nacional busca tipificar la propagación de enfermedades infectocontagiosas. La propuesta es que se sancione hasta con tres años de cárcel a la persona que, conociendo que padece una condición de este tipo, y que implique grave riesgo para la vida, la transmita conscientemente.

Este es uno de las 86 temas que se incluyen en el proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La sanción se aplicaría en tres escenarios:

- Cuando el infectado done sangre, semen, leche materna, tejido u órganos

- Cuando la persona mantenga relaciones sexuales sin informar a la otra persona de su condición de infectado.

- Cuando la persona comparta o utilice un objeto invasivo o cortante que haya usado para infectar a otros.

Según la Organización Panamericana de la Salud (OPS), algunas enfermedades infectocontagiosas son el VIH/sida, la hepatitis B y C, la tuberculosis, la malaria y todas las enfermedades de transmisión sexual.

Revise también: Indignación por el castigo para el conductor que mató a tres personas en la Vía a la Costa

Sesión suspendida

Las reformas al COIP no se concretaron este jueves en la Asamblea. Después de casi 20 minutos de reinstalar la sesión 900, el presidente del Parlamento, Henry Kronfle, suspendió la sesión y se retomará en los próximos días, cuando sea convocada.

Entre otras modificaciones que se pretende incorporar al cuerpo legal se encuentra el incremento de las penas para delitos contra la vida y aquellos que afectan la eficiencia del Estado.

Por ejemplo, la pena máxima por sicariato se podría elevará de 26 a 30 años de cárcel, mientras que para el delito de terrorismo se ampliaría de 13 a 18 años. En cambio, para el delito de delincuencia organizada se plantea incrementar la pena de 10 a 13 años de reclusión.

Los legisladores también deben decidir sobre la posible eliminación de beneficios penitenciarios para quienes cometan crímenes graves, como asesinato, femicidio, sicariato, secuestro, extorsión, tráfico de migrantes y tráfico de drogas a gran escala.

Esta decisión significaría que aquellos condenados por los delitos antes mencionados no podrán acceder a reducciones de penas ni cumplir sus condenas fuera de las cárceles.

Además, se busca tipificación el feminicidio, entendido como las acciones u omisiones de los servidores públicos que nieguen o retarden el auxilio para prevenir un femicidio. El feminicidio se sancionaría con uno a tres años de cárcel.

Noticias
Recomendadas