El presidente Daniel Noboa envió su respuesta a la Corte Constitucional defendiendo el decreto 500
Según el Primer Mandatario, dejar a Cynthia Gellibert como presidenta y declarar su ausencia temporal por fuerza mayor para ir a hacer campaña, no es inconstitucional.
Antes de la media noche y dentro del plazo de tres días que le dio la Corte Constitucional, el presidente Daniel Noboa envió su respuesta a la demanda presentada por el abogado Gabriel Pereira en contra del decreto 500.
Según Noboa, la acción presentada por el abogado no tiene sustento jurídico y es una mera inconformidad, recurre al código civil para justificar que sus actividades de campaña constituyen fuerza mayor y cita el artículo 30:
“Los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público podrían causar una fuerza mayor”.
También menciona una sentencia de la Corte Constitucional que determina que la causal de fuerza mayor se debe entender como un evento imprevisible que imposibilite al presidente el ejercicio de su cargo. La campaña lo es para Noboa.
Él insiste en que no está obligado a tomar licencia para hacer proselitismo político porque la normativa es ambigua. Y que es su voluntad ejercer su mandato sin dejar de lado su proyecto político para una eventual elección.
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En su escrito justifica lo ocurrido el 5 de enero, primer día de la campaña electoral, cuando salió al balcón del Palacio de Gobierno y dio un discurso frente un grupo de simpatizantes. Según el Presidente, la concentración no fue organizada por él ni por él otra entidad del ejecutivo: salió a saludar por cortesía y no incitó al voto.
Para él esta situación es sui generis y dice que para salvaguardar los recursos públicos y evitar que lo acusen de infracción electoral, se vio obligado a publicar el decreto 500 para separar la campaña de los actos propios del Primer Mandatario, y que esto también configura la fuerza mayor.
Finalmente, pide a la Corte Constitucional que rechace la demanda. Más aún cuando el decreto 500 ya lo derogó.
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