El exasambleísta Daniel Mendoza recupera la libertad tras cumplir el 60% de su sentencia
El exlegislador cumplía una sentencia de cuatro años y dos meses por tráfico de influencias al beneficiarse de recursos del Estado destinados a la construcción del hospital de Pedernales
El exasambleísta Daniel Mendoza Arévalo recuperó la libertad, la mañana de este miércoles 31 de mayo de 2023. Se encontraba recluido en la cárcel 4, ubicada en El Condado, extremo norte de Quito.
Cumplía una sentencia de cuatro años y dos meses por tráfico de influencias al beneficiarse de recursos del Estado destinados a la construcción del hospital de Pedernales (Manabí), pero ya cumplió el 60% de su condena.
La tarde del 9 de noviembre de 2020, el juez de la Corte Nacional de Justicia, Marco Rodríguez, lo sentenció a cuatro años y dos meses. El exlegislador y otros siete procesados aceptaron acogerse a un procedimiento abreviado, un mecanismo en el que se acepta el cometimiento del delito a cambio de una pena menor.
Como reparación integral al Estado, el juez Rodríguez dispuso el pago de ocho millones de dólares, que se dividirá entre todos los sentenciados en este caso.
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El exasambleísta de #AlianzaPais , #DanielMendoza saldrá de la cárcel 4, tras cumplir el 60% de su sentencia. Debía cumplir cuatro años de prisión por tráfico de influencias, al beneficiarse de recursos del Estado destinados a la construcción del hospital de #Pedernales. pic.twitter.com/dXjeR071dI
— Hernán Higuera (@higuerahernan) May 31, 2023
De su parte, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) informó hoy, a través de un comunicado, que Mendoza solicitó acogerse al régimen semiabierto. "La jueza de la Unidad Judicial de Garantías Penitenciarias con sede en el Distrito Metropolitano de Quito resolvió conceder el beneficio penitenciario".
Con base en esa resolución, al SNAI solo le corresponde elaborar y emitir informes de verificación de cumplimiento de requisitos para acceder a los beneficios penitenciarios y cambios de régimen.
"De manera que, tal como lo establece la normativa legal vigente, es potestad exclusiva de la autoridad judicial conceder o no el beneficio solicitado por la persona privada de la libertad (PPL)".
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