La Corte Constitucional priorizará resolver demanda sobre uso de dispositivos electrónicos en la segunda vuelta
La Corte Constitucional resolverá en los próximos días si la medida sobre prohibir los dispositivos móviles en la segunda vuelta es constitucional o inconstitucional
- Cuenca, Ecuador 9 de febrero de 2025 | Una persona depositando la papeleta ( )
La prohibición para tomar fotos a la papeleta en la segunda vuelta electoral aún no se encuentra en firme, pues hay un recurso que lo busca dejar sin efecto en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y otro en la Corte Constitucional.
Por su parte, el Pleno de la Corte Constitucional informó que aprobó la alteración del orden cronológico para el tratamiento prioritario de la inconstitucionalidad sobre la prohibición de uso de celulares en la segunda vuelta electoral que se llevará a cabo el 13 de abril de 2025.
La demanda fue presentada por Jorge Washington Andrade Escobar, coordinador de la Asamblea Permanente por la Defensa del Patrimonio Nacional ("accionante"), en contra de la resolución PLE-CNE-2-13-3-2025, emitida por el Pleno del Consejo Nacional Electoral.
La abogada Alisson Ortiz Peralta se hará cargo de los trámites previos antes de pasar el caso al Pleno para que los jueces analicen la demanda y tomen una decisión.
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¿Qué busca la medida de prohibir el uso de celulares?
La medida busca que los ciudadanos y miembros de las juntas receptoras del voto no puedan usar el celular desde las 17:00 del 13 de abril y hasta que termine el escrutinio, salvo una persona para que utilice la calculadora.
Los delegados de las organizaciones políticas, periodistas y veedores nacionales e internacionales sí podrán usar sus dispositivos móviles en los recintos electorales para registrar el proceso de votación y escrutinio. Así como los delegados de los partidos que también podrán fotografiar el acta de resultados de conocimiento público.
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