10 may 2024 , 19:22

La Corte Constitucional declara inconstitucional el estado de excepción decretado en cinco provincias de la Costa

Además, la entidad le volvió a llamar la atención a Noboa

La Corte Constitucional declaró inconstitucional el decreto de estado de excepción suscrito por el presidente Daniel Noboa el 30 de abril en El Oro, Guayas, Los Ríos, Manabí y Santa Elena para movilizar militares a esas provincias.

El abogado constitucionalista, José Chalco, explicó que ahora este estado de excepción "no tiene vigencia en la zona territorial donde se pretendió establecer".

El Pleno de la Corte Constitucional tomó esta decisión con mayoría, quienes coincidieron en que el Presidente no justificó la configuración de la causal de conflicto armado interno. Además de que consideran que no se justifica cómo la violencia que argumenta el Gobierno no puede ser combatida con el régimen constitucional ordinario.

Hubo dos votos salvados de los jueces Carmen Corral y Teresa Nuques.

LEA: Noboa declara estado de excepción en cinco provincias de la Costa

Otro llamado de atención

Además, la entidad le volvió a llamar la atención a Noboa por incumplir los requisitos previstos en la Constitución para la declaratoria de un estado de excepción.

Es la segunda vez que Noboa recibe esta reprimenda de la Corte. La primera fue por el estado de excepción en el contexto de la crisis energética. El Primer Mandatario no aportó "información suficiente destinada a justificar la declaratoria" del mismo.

El pasado 30 de abril, Noboa decretó un estado de excepción en las provincias de El Oro, Guayas, Los Ríos, Manabí y Santa Elena en el marco de la persistencia del conflicto armado interno, conforme una solicitud del Ministerio de Defensa.

Esta declaratoria de emergencia tenía una vigencia de 60 días y se disponía la inviolabilidad de domicilio.

LEA: La Corte Constitucional aceptó parcialmente el estado de excepción decretado por Noboa, debido a la crisis energética

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