La Corte Constitucional avala la renovación del estado de excepción por 30 días
La Corte Constitucional dictaminó que es legal la renovación del estado de excepción que rige en todo el territorio ecuatoriano, incluyendo en el interior de las cárceles.
La renovación del estado de excepción por 30 días fue declarado legal por la Corte Constitucional, en un dictamen realizado el pasado jueves 21 de marzo.
En el documento se indica que el Decreto Ejecutivo 193, en el cual se extendió la medida gubernamental que rige en todo el territorio de Ecuador, incluyendo el interior de los centros de privación de la libertad, fue declarado constitucional.
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La Corte Constitucional explicó que la renovación de un estado de excepción se encuentra supeditada a la verificación de tres requisitos, y que estas fueron cumplidas:
Acotó que el presidente de la República ha presentado argumentos suficientes, a través de informes de la Policía Nacional, SNAI y Ministerio de Defensa para justificar que persisten acontecimientos de tal intensidad que atentan gravemente en contra del ejercicio de los derechos constitucionales, la estabilidad institucional, la seguridad y la convivencia normal de la ciudadanía.
También señalaron que la declaración de un conflicto armado no internacional (CANI) implica la concurrencia de dos requisitos: organización del grupo armado e intensidad de las hostilidades, sin embargo, indican que para la calificación de esta situación es irrelevante la naturaleza y los objetivos del grupo armado organizado.
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La Corte Constitucional también asevera que es imposible prever la duración de un conflicto armado. "La historia demuestra que los conflictos armados, tanto internacionales como no internacionales, pueden extenderse por varios años y a veces incluso décadas", declaró.
Apuntan que por ello resulta indispensable diferenciar al CANI del conflicto armado interno como causal de estado de excepción.
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— Ecuavisa Noticias (@EcuavisaInforma) March 22, 2024
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