Muchos niños salen de los orfanatos a los 18 años sin ser declarados en adoptabilidad.
La Comisión Especializada Ocasional para atender temas y normas sobre la Niñez y Adolescencia avocó conocimiento de un proyecto de reformas al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (Cona) para mejorar el proceso de adopciones. Este fue presentado en julio de este 2019 por la asambleísta Gabriela Larreátegui.
La legisladora lo informó así en Twitter donde agregó un video. "(Hay) niños que crecen abandonados, que crecen en orfanatos, sin poder conseguir una familia. Hay muchos niños que entran a los orfanatos, a las casas de acogida, recién nacidos, de semanas, de meses y salen a los 18 años sin haber sido declarados en adoptabilidad", expresa Larreátegui.
Según la legisladora, la declaratoria de adoptabilidad, como una parte del proceso, es la que más se demora "muchas veces por falta de voluntad y control en las casas de acogida".
El proyecto que la abogada presentó plantea que las casas de acogida tengan un plazo definido para declarar a los niños en adoptabilidad. El texto busca articular las disposiciones del Cona con el Código Civil en cuanto a adopciones. Además, superar otras problemáticas como los largos procesos judiciales y administrativos para lograr protección a favor de estos grupos vulnerables.
En julio, la parlamentaria informó que, según datos del Ministerio de Inclusión Económica y Social, existen 82 familias que se encuentran a la espera de ser transferidos a los Comités de Asignación Familiar y que la mayoría de las peticiones se enfocan en menores de hasta cuatro años de edad. Además, se registran 40 prerrequisitos, 10 declaratorias de idoneidad y 10 expedientes remitidos a los comités.
La parlamentaria explicó que, de acuerdo con estos datos, se verifica que son pocas las adopciones que llegan a término y que los expedientes de familias a la espera de asignación se ralentizan en los comités, mientras que los procesos que llegan a judicializarse son pocos.
Para Larréategui el problema no se limita a una situación estructural y de campo, sino que trasciende al ámbito normativo, donde se observa una incongruencia entre lo que determina el Código Civil y el Código de la Niñez. Por ejemplo, señala que el primero establece que los requisitos para el adoptante es una edad mínima de 30 años, en tanto que el segundo establece una edad mínima de 25 años. Asimismo, el primero manda que el adoptado continúa perteneciendo a su familia natural y el segundo indica que se extingue dicho parentesco. La diferencia entre las dos normas también está en el criterio de que si puede ser revocable o no la adopción.
Por estas razones, aseguró que es necesario reformar el Cona, a fin de tener claridad sobre los requisitos para la adopción, diferenciar los tipos de adopción, otorgar mayor celeridad a todos los procesos, establecer obligaciones claras para las instituciones involucradas y posibles sanciones para los servidores que no agiliten las causas.
Regular la actuación de los Comités de Asignación Familiar, aumentar el tiempo de seguimiento de una adopción, añadir casos en los que procede una nulidad, separar los procesos de adopción de adultos con menores de edad e incorporar otras disposiciones que hagan efectivo el derecho a la protección de niños, niñas y adolescentes, son otros de los cambios que la asambleísta pretende que se analicen dentro de las reformas al Código de la Niñez.
Recomendadas