17 dic 2023 , 08:00

La adopción de menores, el polémico tema derivado de la reforma a la Ley de Gestión de Identidad

Que las personas puedan escoger su sexo en la cédula permitiría cumplir con uno de los requisitos para la adopción, pero no garantiza que el trámite se facilitará.

   

La Asamblea Nacional aprobó esta semana una reforma a la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles, una normativa que rige desde 2016.

El proyecto del Parlamento, que debe ser ratificado por el presidente de la República, Daniel Noboa, permitiría que las personas que deseen cambiar su nombre y su sexo en la cédula de identidad lo hagan sin presentar requisito alguno. Solo bastaría ser mayor de edad y remitir una solicitud ante el Registro Civil requiriendo la rectificación del sexo en el documento nuevo. Este cambio se podrá hacer por una sola vez.

Actualmente las personas transexuales solo tienen la posibilidad de cambiar el campo 'sexo' por 'género' (masculino o femenino) en su cédula de identidad. La ley permite hacer esta modificación, pero presentando dos testigos.

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La adopción de menores

En el marco de esta reforma también se propuso un cambio a la legislación sobre la adopción de menores, pero ese tema fue excluido del documento final. Será la Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes la que aborde ese asunto, según informó a Ecuavisa.com la legisladora Patricia Mendoza, impulsora de la reforma.

Por otra parte, que el Estado permita cambiar el sexo en la cédula de identidad significaría un paso más para que las personas transexuales, que estén casadas, puedan adoptar.

Y es que, con la modificación en el documento de identidad, las personas transexuales estarían cumpliendo con el requisito impuesto en la Constitución (artículo 68) y la actual Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles (artículo 46), que señalan que solo las "parejas de distinto sexo" pueden adoptar.

En Ecuador, independientemente de la identidad u orientación sexual, los solteros, viudos o divorciados no califican para ser padres adoptivos. Solo las parejas heterosexuales.
En Ecuador, independientemente de la identidad u orientación sexual, los solteros, viudos o divorciados no califican para ser padres adoptivos. Solo las parejas heterosexuales. ( )

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No obstante, el trámite de adopción no es fácil y los cambios en los últimos años en las leyes dejarían espacios grises que deben ser aclarados por el Parlamento, la Corte Constitucional y por el mismo presidente de la República.

En el país, independientemente de la identidad u orientación sexual, los ciudadanos solteros, viudos o divorciados no califican para ser padres adoptivos. Tampoco son consideradas las parejas homosexuales, aunque el Estado ecuatoriano reconoce desde 2019 el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Silvia Buendía, abogada defensora de los derechos de la población LGBTI+, considera que, si bien la posibilidad de cambiar el sexo en la cédula representa un logro más para la comunidad transexual, no es que se facilita el camino para que más personas puedan adoptar, puesto que -señala- las leyes y las instituciones aún discriminan y "los procesos son corruptos y se demoran".

"Ser homosexual o ser heterosexual no es garantía de que vas a ser un buen padre", dijo la jurista a Ecuavisa.com.

Adicionalmente, indica que las parejas heterosexuales que quieren adoptar "quieren cambiar pañales y dar biberones, quieren la experiencia completa". "No quieren niños grandes, no quieren niños feos, no quieren niños enfermos", añade.

Y eso, además de un proceso largo y las limitaciones en la leyes, recorta las oportunidades que tienen los menores de pasar de una casa de acogida a una familia.

De su lado, el abogado Pablo Proaño, coordinador general de la organización Dignidad y Derecho, sostiene que el cambio de sexo en la cédula "es la antesala de la adopción homoparental y de múltiples abusos del derecho en relación a las políticas públicas que benefician exclusivamente a las mujeres".

Proaño va más allá. Subraya que la legislación ecuatoriana no contempla una distinción entre sexo biológico y sexo legal. "De este modo, una pareja constituida por dos hombres biológicos podría adoptar siempre y cuando uno de ellos conste como mujer en su sexo legal", acotó.

Según datos del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), solo 79 de casi 300 menores habían sido adoptados en Ecuador entre enero y noviembre de 2023.

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