Las "mulas" o pequeños traficantes de droga, que atestan las cárceles de Ecuador, recibirán un castigo menos severo gracias a un nuevo código penal, que también tipifica el femicidio, el sicariato y el maltrato animal.
Las "mulas" o pequeños traficantes de droga, que atestan las cárceles de Ecuador, recibirán un castigo menos severo gracias a un nuevo código penal, que también tipifica el femicidio, el sicariato y el maltrato animal.
La normativa, que entró en vigor el domingo en sustitución de la ley que rigió en el país por 70 años, incorporó 77 nuevos delitos, varios de ellos producto de acuerdos internacionales, según el gobierno.
Criticado por grupos opositores, que lo consideran altamente punitivo, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) incluye el "principio de proporcionalidad" en la sanción del narcotráfico. Es decir, que los traficantes serán castigados conforme la cantidad de droga que porten.
Además, la nueva norma reduce la pena máxima por narcotráfico de 16 años a 13 años de cárcel. De acuerdo con el COIP, quien trafique a "mínima escala" tendrá una condena de dos a seis meses de prisión y a "gran escala" de 10 a 13 años.
"Antes teníamos penas muy drásticas. Si a una persona le encontraban portando cierta cantidad de droga era (condenada) de ocho a 12 años. Por eso tenemos las cárceles llenas de 'mulas'", dijo a AFP el penalista Medardo Oleas, expresidente del tribunal electoral.
Hasta diciembre había en Ecuador 18.000 presos, una cuarta parte de ellos por porte o consumo de drogas, según cifras oficiales.
Penas desproporcionadas
Pedro, un ecuatoriano de 20 años quien pidió omitir su apellido, fue sentenciado a ocho años de prisión por llevar 90 gramos de marihuana. "Me detuvieron en 2012 cuando estaba con unos amigos en el centro de Cuenca y fuimos a buscar un lugar para consumir", relató a la AFP.
Fue juzgado dos veces por el mismo caso. La primera fue declarado inocente y optó por salir del país. Al regresar, lo capturaron porque el fiscal había apelado para "demostrar que (la droga) era para venta", dijo. Fue declarado culpable y permaneció preso nueve meses, hasta que, tras la apelación de su familia, un juez determinó su inocencia aduciendo que la marihuana era para consumo personal.
Mi vida "está completamente arruinada, tuve que dejar mis estudios, mi economía esta arruinada, mis relaciones familiares están muy mal", señaló Pedro.
Ecuador, que no cuenta con grandes laboratorios o cultivos de droga, es considerado un país de tránsito de los narcóticos que se producen en Colombia, principalmente.
Noemí Santillán, exjueza penal y catedrática de la estatal Universidad Central del Ecuador, destacó la diferenciación que establece el COIP entre "mulas" y grandes traficantes.
"Encontrar a una persona en posesión de 50 gramos de marihuana no es lo mismo que encontrarle a otra con 50 gramos de heroína. Entonces, lo uno es más grave que lo otro. Ahí aplicamos el principio de proporcionalidad", explicó a la AFP.
Los analistas estiman que la nueva normativa implicará la liberación de muchas "mulas" del narcotráfico porque en materia penal rige el principio de la ley que más favorezca al reo.
"En el caso del narcotráfico no es que caen los grandes narcotraficantes. Caen las mujeres que por ganarse 5.000 dólares son utilizadas", afirmó Oleas.
En 2009 en Ecuador, 2.221 presos por tráfico menor de drogas quedaron en libertad por un indulto del presidente Rafael Correa.
El mandatario izquierdista, que se opone a la legalización de las drogas, vivió de cerca el drama de las "mulas", al reconocer que su fallecido padre estuvo preso tres años por tráfico de drogas en Estados Unidos.
Prisión por matar mascotas
Además del narcotráfico, el COIP se ocupa de otras delitos hasta ahora no tipificados en Ecuador, como el femicidio y el sicariato, con penas de entre 22 y 26 años.
Asimismo, sanciona con 50 a 100 horas de trabajo comunitario a quien maltrate a una mascota y con prisión de tres a siete días si causa la muerte del animal.
Santillán comentó que si bien el COIP recoge nuevos delitos, hay "un retroceso" al incrementar las penas para otros crímenes.
"Una sociedad no es mejor cuando se implantan penas más drásticas, sino cuando se previene el tipo penal", dijo la exjueza.
La actual ley eleva los castigos para homicidio de 16 a 22 años, mientras que para agravantes en casos de sicariato las condenas llegan a 40 años, anotó Santillán.
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