El 35% del borrador del reglamento de la Ley de Comunicación se refiere a la publicidad en medios.
El 35% del contenido del borrador del reglamento de la Ley de Comunicación se refiere a la publicidad en los medios.
El documento de trabajo establece prohibiciones concretas como la realización de publicidad o propaganda de bebidas alcohólicas, cigarrillos y lo que pueda parecer pornografía infantil.
La publicidad en los medios de comunicación es uno de los temas más extensos y detallados en el borrador del reglamento de la ley de comunicación.
Patricio Barriga, presidente del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información, explica que el 30% por ciento del borrador del reglamento de la Ley de Comunicación se refiere a la publicidad.
El artículo 61 del documento de trabajo establece la prohibición de realizar todo tipo publicidad o propaganda de pornografía infantil, de bebidas alcohólicas, de cigarrillos y sustancias estupefacientes y psicotrópicas establecida en en el art. 94 de la Ley de Comunicación.
El borrador indica también que los medios audiovisuales de señal abierta podrán difundir hasta un máximo de 17 minutos de publicidad por hora de programación, en el primer año, desde la publicación de la ley, 15 minutos en el segundo año y 12 minutos en el tercer año.
A ese espacio se suman dos minutos de auto promoción por hora.
Otro punto es que en ciertos casos los anuncios publicitarios que se difunden a través de la televisión y el cine en territorio ecuatoriano podrán incorporar hasta en un 20 % de su duración, secuencias o imágenes producidas en el extranjero.
El presidente del Consejo dice que la decisión de aprobar o no estas propuestas está en manos del Ejecutivo.
Gremio de publicistas hizo observaciones y sugerencias al borrador del reglamento.
Por el momento la Asociación Ecuatoriana de Agencias de Publicidad no emitirá declaraciones, sin embargo, algunos de sus representantes hicieron observaciones y sugerencias al borrador.
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