La propuesta para tipificar la propagación del VIH aumentaría la discriminación, advierten organizaciones
El proyecto de ley propuesto por la Asamblea causa preocupación entre las organizaciones que luchan por los derechos de los pacientes con VIH en Ecuador.
Organizaciones que luchan por los derechos de los pacientes con VIH en Ecuador advierten que la propuesta de tipificar la propagación de enfermedades infectocontagiosas generaría más discriminación.
Desde la Corporación Kimirina, una institución creada hace 23 años para la prevención y lucha por los derechos de las personas con VIH, que además apoya a las personas que viven con esta enfermedad, rechazan el proyecto. Sostienen que se trata de una "clara regresión de derechos" y que es "inconstitucional".
Revise también: La reforma al COIP, tratada en la Asamblea, entrometería en las funciones de la Fiscalía General del Estado
Agregan que esto solo incrementará el estigma contra los pacientes con este diagnóstico, según explicó a Ecuavisa Amira Herdoiza, directora de Kimirina:
"Ante un texto que criminaliza la infección con enfermedades transmisibles en general, los legisladores no tienen una mínima información de que, por ejemplo, si es que el Covid o alguna otra infección causa una complicación en la persona, eso ya va a ser motivo de criminalización"
¿Qué dice la propuesta?
La propuesta legal es que se sancione hasta con tres años de cárcel a la persona que, conociendo que padece una enfermedad infectocontagiosa, y que implique un grave riesgo para la vida, la transmita conscientemente.
La sanción se aplicaría en tres escenarios:
De su lado, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida (ONUSIDA) señala que el proyecto de ley propuesto puede socavar las respuestas efectivas contra el VIH en Ecuador.
LEA: Las reformas al COIP podrían votarse en tres bloques en la Asamblea Nacional
El organismo no recomienda las leyes que penalizan específicamente la exposición o transmisión del VIH, ya que pueden conducir a un error judicial. Asimismo, indica que ya existe una disposición en la legislación ecuatoriana que podría utilizarse para enjuiciar casos excepcionales en los que se transmita la enfermedad de modo intencional el virus.
Recomendadas