El acuerdo ministerial 185 del pasado 17 de septiembre se conoció este lunes.
El Ministerio de Trabajo expidió una nueva fórmula para calcular la variación del Salario Básico Unificado (SBU) del siguiente año. El ministro Andrés Isch, firmó el acuerdo ministerial 185, el 17 de septiembre de 2020, donde se establece que, por ningún motivo, se fijará un sueldo menor al periodo vigente.
Este acuerdo se conoció ayer 12 de octubre del 2020, como iniciativa del Ministerio.
Esta fórmula se aplicará en caso de que empleadores y trabajadores no logren un consenso en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), y quede en manos de la Cartera de Estado decidir qué salario regirá el próximo año.
La fórmula contiene nueve variables que incluyen el índice de precios del consumidor (IPC) -tasa de inflación-, y nuevos elementos como el factor de productividad laboral, y elasticidad del empleo y la informalidad. Los indicadores de cada variable serán establecidos por distintas entidades; entre ellas, el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Antes del acuerdo 185, cuando el Ministerio debía resolver el valor del salario, lo hacía conforme a lo que estipula el Código del Trabajo: que los salarios se fijan con un porcentaje de incremento equivalente a la inflación proyectada, y -en algunas ocasiones- incluso tomó en cuenta factores como el índice de productividad o la proyección del crecimiento de la economía del país.
La normativa dispone que en ningún caso se fijará un salario básico inferior al del período vigente. Es decir, este año no podrá ser menor a USD 400. Tampoco podrá bajar aun cuando la proyección de la inflación o el resultado de la fórmula sean negativos.
Recomendadas