09 jul 2018 , 10:15

Levantan prisión preventiva por peculado a Iván Espinel

   

El exministro de Inclusión tiene en firme la prisión preventiva por lavado de activos.

Tras casi dos horas de diligencia, el juez Dennis Ugalde revocó la prisión preventiva al exministro de Inclusión Económica y Social (MIES), Iván Espinel, por el delito de peculado. Así lo resolvió este 9 de julio de 2018 en la audiencia de revisión de medidas en la Unidad Judicial de Valdivia, sur de Guayaquil.

 

El 27 de abril de 2018, el juez de garantías penales del Guayas, Darwin Valencia, dictó prisión preventiva por peculado contra el exfuncionario. En noviembre de 2017, la Contraloría General del Estado estableció responsabilidad civil culposa de Espinel. Los informes, elaborados en 2016, determinan glosas millonarias en su contra por presuntos perjuicios al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), dentro del proceso de facturación y pagos a clínicas privadas.

 

El documento señala que varias clínicas y hospitales privados de Guayaquil ingresaron reclamos de pago de servicios prestados por $436 millones, cuando correspondían $393 millones. Espinel renunció al MIES en diciembre de 2017 para hacer campaña por la consulta popular.

 

Al término de la audiencia, su abogado César García indicó que el magistrado le dictó medidas sustitutivas a la prisión, como la presentación periódica ante la autoridad competente y la prohibición de salir del país. No obstante, Espinel aún debe cumplir la prisión preventiva por el delito de lavado de activos, que le dictó la jueza Paola Dávila el 8 de abril de 2018.

 

"La defensa presentó la prueba más fehaciente y más evidente, que fue un detalle del sistema de cómputo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en el cual quedaba demostrado cada paso, día a día, por hora, cada acto firmado y dispuesto por Iván Espinel durante los siete días que fue administrador del contrato. En esos actos, se evidenció que jamás dispuso u ordenó el pago de dinero alguno por ningún tipo de contrato, por tanto, mal se le puede imputar un perjuicio al Estado", explicó García. 

 

Asimismo, el abogado señaló que también solicitará una audiencia de revisión de la prisión por lavado de activos. "Ese proceso de lavado de activos se basa en el supuesto de este proceso de peculado. Al desvanecerse los hechos imputados en el peculado, mal puede subsistir el proceso por lavado de activos".

 

En su momento, la defensa había pedido revisar la medida, pero luego desistió de hacerlo.

 

Entre pruebas presentadas por Fiscalía contra Espinel por lavado de activos, constan un reporte de operaciones injustificadas de Unidad de Análisis Financiero (2010-2016), un informe con Indicios de Responsabilidad Penal de Contraloría (2012-2016) y declaraciones al SRI (2010-2016). Según los documentos, durante 2013 y 2014, se evidenció situaciones inusuales en sus actividades económicas, tras la adquisición de un bien inmueble valorado en $335.000, en una urbanización privada en la vía a Samborondón.

 

También se detectó irregularidades en sus movimientos bancarios, al no presentar documentos de respaldo de sus cuentas de ahorro y corriente, calculados en $63.000. Además de pagos y consumos inusuales en las tarjetas de crédito del acusado y su esposa.

 

Espinel tampoco habría justificado, en sus declaraciones juramentadas, la compra de un vehículo de lujo valorado en $36.000. Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), el lavado de activos se sanciona con pena privativa de libertad de hasta 13 años.

 

El fiscal Pedro Intriago recordó que ambos casos continúan en investigación y que son 17 procesados.

 

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