Corte Constitucional no dio paso a nueva causal de aborto por malformación mortal del feto
Para los magistrados, las proponentes plantearon mal la acción. Aquí los detalles.
La Corte Constitucional (CC) rechazó la acción de incumplimiento que planteaba incluir la causal de aborto en caso de malformación mortal del feto.
En concreto, las solicitantes pidieron que se ordene a la Asamblea Nacional reformar el Código Orgánico Integral Penal (COIP) acogiendo las observaciones enviadas a Ecuador por los comités de Naciones Unidas que contemplan ésta y otras recomendaciones de salud sexual y reproductiva.
Los magistrados concluyeron que el recurso se planteó de forma errónea e incompleta y que los argumentos expuestos por las demandantes no tuvieron los respaldos documentales necesarios.
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Dado al incumplimiento de los requisitos, la Corte decidió no avanzar al análisis de fondo y declaró improcedente la acción. Con ello, el país se queda con las dos causales permitidas de aborto consentido: cuando el embarazo es consecuencia de una violación, y cuando se lo practica para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada.
Esta no es la primera vez que la CC rechaza despenalizar el aborto cuando se conoce que el feto tiene una malformación grave que le causará la muerte. En abril de 2021 concluyó que esa causal requiere del debate legislativo y debe incluir una amplia deliberación democrática basada en criterios técnicos y de salud pública.
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