Los magistrados tiene hasta tres días para impugnar la evaluación del Consejo transitorio.
Con casi una hora de retraso y más de tres horas de lectura del documento de evaluación, el pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) transitorio resolvió "cesar en funciones y dar por terminados los periodos de jueces y juezas de la Corte Constitucional":
- Roxana Silva
- Pamela Martínez
- Francisco Butiñá
- Wendy Molina
- Tatiana Ordeñana
- Marien Segura
- Ruth Seni
- Manuel Viteri
- Alfredo Ruiz
La moción tuvo cinco de siete votos a favor, el consejero Xavier Zavala se abstuvo de votar y Luis Macas no estaba en la sesión.
Revise: Jueza constitucional faltó a audiencia de evaluación
En la resolución del organismo, se dispone además que "por la coordinación técnica se continúen las investigaciones de las denuncias presentadas a los jueces y juezas de la Corte Constitucional".
Entre los argumentos presentados en la evaluación constan irregularidades en el proceso de su designación, falta de independecia de la autoridad que los nominó por su estrecha relación con el Ejecutivo anterior, que no habían acreditado su capacidad profesional y probidad, y que fueron designados a pesar de no cumplir requisitos.
También se leyeron casos emblemáticos resueltos recientemente por la Corte, en donde -según el documento- hubo incumplimiento de funciones, pues se elegían las causas a resolver luego de varios años y con base en parámetros técnicos.
Sobre su competencia para evaluar a los magistrados, el organismo argumentó que "el Consejo cesado designó a los miembros de la comisión calificadora que designó a los postulantes de los jueces de la Corte Constitucional", es decir que el Consejo sí estuvo involucrado en ese proceso de designación.
Además: Jueces de Corte Constitucional lanzan advertencia a Cpccs
En la evaluación se revisaron los procesos de designación de la primera Corte Constitucional, en 2012, y la renovación efectuada en 2015, en la que se renovó y se designó a tres miembros.
Proyecto de Resolución de #EvaluaciónDeAutoridades de la @CorteConstEcu señala que no se ha contravenido la Constitución en su proceso, pues no constituye juicio político o la aplicación de la figura de remoción. pic.twitter.com/kmaA4KaWso
— Participa Ecuador (@CPCCS) 23 de agosto de 2018
Los artículos 431, inciso 3, y 434 de la Constitución, establecen los mecanismos sobre la destitución y la designación de los jueces constitucionales.
Al término de la votación, el titular del Consejo, Julio César Trujillo, justificó el tiempo destinado para la lectura de la evaluación. "En esta resolución nos hemos demorado un poco más del tiempo que nos hemos demorado en otros casos, aunque menos del tiempo que nos demoramos en el caso del Consejo de la Judicatura, y es que el tema es de tanta importancia que queríamos dejar en conocimiento del pueblo ecuatoriano las razones por las cuales tomamos esta resolución, nada menos que contra la Corte Constitucional, en la que el pueblo ecuatoriano tenía muchas esperanzas que no han sido satisfechas".
Los magistrados tendrán hasta tres días para impugnar la decisión del organismo evaluador, una vez que sean notificados. Luego de eso, el CPCCS tiene cinco días para emitir una resolución definitiva en este proceso.
Recomendadas