Reforma tributaria: gastos de mascotas y registro de padres como cargas familiares son parte de la normativa
El reglamento fue entregado el 15 de septiembre por el Presidente Lasso, con el Decreto Ejecutivo Nro. 876
Con la entrega del reglamento por parte del presidente Guillermo Lasso, el pasado 15 de septiembre, la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar (LEFAM) es aplicable a escala nacional.
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Esta, según el ministro de Finanzas, Pablo Arosemena Marriott, beneficiará a 340 000 familias ecuatorianas que "tendrán más dinero en sus bolsillos por la disminución del Impuesto a la Renta". Si bien este es el beneficio más sonado, no es el único, según destaca el Servicio de Rentas Internas (SRI).
El Reglamento define, entre otros puntos, la aplicación de la deducción de gastos personales para el cálculo del Impuesto a la Renta de personas naturales, el registro de contribuyentes del régimen RIMPE y la fecha para la presentación y pago de la declaración de impuestos de los contribuyentes especiales. Le contamos más detalles:
Reducción Impuesto a la Renta
El SRI explicó que el Reglamento dispone que los gastos de salud, alimentación, educación y vestimenta de las mascotas a cargo del contribuyente también podrán ser incluidos como gasto personal.
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Además, existe la posibilidad de registrar a los padres como cargas familiares. Quienes deseen hacerlo deberán contar con el consentimiento expreso para ser incluido como carga familiar del contribuyente. Podrán ser considerados cargas familiares, los padres que:
Para la rebaja del Impuesto a la Renta causado, los comprobantes de venta en los cuales se respalde el gasto podrán estar a nombre del contribuyente o de sus cargas familiares debidamente registradas.
En cuanto a los pronósticos deportivos, se definen las actividades contenidas en el régimen impositivo único de impuesto a la renta. Actividades diferentes a estas no se incorporan al régimen al no ser legales en el Ecuador.
Cambios para contribuyentes especiales
Los contribuyentes presentarán y pagarán sus declaraciones de Impuesto a la Renta, del IVA, retenciones en la fuente y del ICE hasta el 11 del respectivo mes de vencimiento de cada obligación, sin atender al noveno dígito de su Registro Único de Contribuyentes.
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La norma previa daba este plazo hasta el día nueve sin contemplar feriados ni fines de semana.
Cambios para régimen RIMPE
La Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar simplifica algunos aspectos para el régimen RIMPE. Entre ellas está la eliminación del catastro referencial. Para aplicación de las normas simplificadas del RIMPE se considerará el régimen que conste en el certificado de RUC del contribuyente.
Además, las sociedades que pertenezcan a este régimen y con ingresos de hasta USD 20 000, pagarán la fracción básica de USD 60 que consta en la tabla progresiva para Emprendedores, de acuerdo con la Ley.
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