Ley de lavado de activos: ¿las criptomonedas podrán usarse como medios de pago en Ecuador?
La intención sería mayor control sobre su uso, mediante la Unidad de Análisis Financiero
La ley de lavado de activos creó el marco legal para el uso de activos virtuales como las criptomonedas, reconoce que se utilizan en el país y regula a las plataformas o empresas que las intercambian con dólares.
Según el economista León Padilla, docente de la UDLA, esto no implica que con ellas se pueda comprar cosas, como se hace, por ejemplo, en El Salvador. Aquí el dólar es la única moneda de curso legal.
“Eso no quiere decir que no se realicen transacciones y de hecho han aumentado en el caso del Ecuador, también por el tema de la dolarización; imaginémonos que yo tengo una criptomoneda, me pongo de acuerdo con otra persona y puedo realizar intercambio”.
La norma dispone que los proveedores de criptoactivos cumplan las mismas regulaciones que los emisores de tarjetas de crédito, por ejemplo: una licencia de la Superintendencia de Bancos bajo los parámetros que disponga la Junta de Política y Regulación Monetaria.
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Además, esas empresas deben entregar reportes a la Unidad de Análisis Financiero como operaciones sospechosas, transacciones de más de USD 10 mil y otra información.
Según informó el director de la UAFE, José Julio Neira, a una radio, la intención no es limitar el uso de criptomonedas, sino controlarlo, porque las autoridades han identificado que son utilizadas por el crimen organizado para sus actividades ilícitas como pornografía infantil.
León Padilla asegura que eso ocurre porque son difíciles de rastrear. Tampoco hay cifras claras de cuanto se mueve en el país en criptomonedas.
La empresa Estadounidense Chainanlysis indicó que entre 2022 y 2023 en Ecuador se habrían movido USD 7 mil millones en activos virtuales; sin embargo, el Banco Central lo descartó debido a que eso habría implicado una salida atípica de divisas y reducción de las reservas internacionales.
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