La Ley de Alivio Financiero contempla planes de pago y condonación de intereses
BIESS, IESS, SRI, ANT y entidades de la banca privada aplicarán estos beneficios.
La condonación de intereses y planes de pago forman parte de la Ley de Alivio Financiero que entró en vigencia el 9 de diciembre de 2024, con su publicación en el Registro Oficial. La iniciativa del presidente Daniel Noboa reforma siete leyes y plantea beneficios para paliar los efectos de la crisis energética.
En el artículo sexto, el texto establece que las entidades que conforman los sectores financieros público, privado y popular y solidario podrán establecer programas de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones financieras. La instrumentación del programa de diferimiento "podrá no causar" intereses moratorios, gastos, recargos y multas.
Estos son los cambios de los que podrán beneficiarse los usuarios:
Plan excepcional de pagos del SRI
El Servicio de Rentas Internas (SRI) "podrá aceptar" un plan excepcional de pagos, de hasta 12 meses, para las obligaciones fiscales que se encuentren en mora hasta el 31 de octubre de 2024.
El plan aplicará únicamente para los impuestos retenidos o percibidos y su pago será en cuotas iguales, menos la última, que considerará el recálculo por imputaciones y tasas de interés futuras. Una vez definido el plazo, no hay otra posibilidad de prórroga.
Su incumplimiento dará por terminado el plan y se deberán pagar los valores iniciales.
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Refinanciamiento de créditos hipotecarios del BIESS
El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS) refinanciará o reestructurará, por una ocasión adicional, a las operaciones de crédito hipotecario reestructuradas o refinanciadas que se encontraban vigentes hasta el 30 de septiembre de 2024.
La entidad otorgará un periodo de gracia de hasta 90 días plazo y sus intereses se distribuirán en las cuotas pendientes de pago de la tabla de amortización. No se cobrarán intereses moratorios ni costos legales, gastos de cobranza u otras tarifas.
Para su implementación es necesaria la solicitud expresa del deudor.
Condonación de intereses por deudas a la ANT y Sppat
Se condonará el 100 % de los intereses, multas por incumplimiento de pago en la fecha debida, recargos, costas y otros montos requeridos por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y al Servicio Público para Accidentes de Tránsito (SPPAT).
Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deben realizar el pago de, al menos, el 30 % de las obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2025.
Condonación de intereses por créditos educativos
El texto dispone la remisión del 100 % del interés y recargos generados por las obligaciones de crédito educativo que hayan vencido, o por convenios de pago. La condonación incluye intereses por mora, multas y gastos administrativos pendientes a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley (9 de diciembre).
La condición es que estos rubros sean derivados de créditos educativos concedidos en cumplimiento de las políticas públicas, planes, programas o proyectos de fortalecimiento, formación por parte del IECE, el Instituto de Fomento al Talento Humano y, actualmente, el Senescyt.
Las deudas de créditos educativos para personas con discapacidad y/o enfermedades catastróficas, raras y huérfanos se condonarán en su totalidad.
Condonación del Impuesto a la Renta para el régimen Rimpe
Se condona la obligación tributaria correspondiente al Impuesto a la Renta de los ejercicios 2022 y 2023, a cargo de los contribuyentes sujetos al régimen Rimpe- negocio popular. Esta condonación aplicará indistintamente de si dichos contribuyentes han presentado o no la declaración correspondiente.
IESS, BIESS, BanEcuador y Banca Pública suspenderán procesos coactivos
El IESS no iniciará procedimientos coactivos a partir de la entrada en vigor de la presente Ley (9 de diciembre de 2024) y hasta el 28 de febrero del 2025, en virtud de la crisis energética existente en el territorio nacional.
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Tampoco podrán registrar a los deudores en la central de riesgos.
Remisión de intereses de responsabilidades determinadas por la Contraloría
La Ley dispone la remisión del 100 % de intereses, costas y gastos administrativos; los dos últimos generados por la determinación de responsabilidades por parte de la Contraloría General del Estado y aquellas que no se deriven del control de recursos públicos.
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