08 mar 2024 , 20:44

El Gobierno emite un manual de consulta previa para el desarrollo de actividades mineras

Los resultados de la consulta previa, libre e informada, no son vinculantes.

   
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Ante la falta de una ley orgánica que regule el derecho a la consulta previa, libre e informada, el Gobierno le encontró la vuelta a este problema que afecta la operativización de inversiones en distintos ámbitos, pero sobre todo en el minero.

Es así como apenas concluida la visita del presidente Noboa a un foro minero en Canadá, el Ministerio de Energía y Minas emitió un manual, con fecha 6 de marzo, con el que se busca salvar la falta de norma y levantar la pausa que existe en el desarrollo de esas actividades extractivas en el país.

Allí se determina que esta guía es de aplicación obligatoria previo a las autorizaciones de prospección, exploración, explotación y comercialización de recursos minerales. Y cuando estás se encuentren en tierras de comunas, comunidades y nacionalidades indígenas que pudieran ser afectadas ambiental o culturalmente, el manual detalla las fases y los tiempos que tomará el proceso.

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Los proyectos son susceptibles de adecuaciones o modificaciones en función de los resultados de esos diálogos. Sin embargo, se destaca que los resultados de la consulta previa, libre e informada, no son vinculantes. Esto significa que el Estado podría optar por la ejecución de proyectos aun sin contar con el consentimiento de los sujetos consultados..

Esto en apego a señalamientos previos de la Corte Constitucional y al artículo 7 del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que señala que ningún segmento de la población nacional tiene derecho a vetar las políticas de desarrollo que afecten a todo un país.

El manual está en vigencia y desde el sector minero se considera que esta acción, sumada a las reformas que el Ministerio de Ambiente realizó en el 2023 al reglamento respecto a la consulta ambiental, son suficientes para retomar las actividades extractivas en el país.

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