24 jun 2024 , 15:49

Quienes tienen glosas en el SRI pueden pagar parte de la deuda para acogerse a una remisión

La remisión de intereses, multas y recargos se encuentra contemplada en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo

El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó este lunes 24 de junio que los contribuyentes que tengan glosas dentro de un impuesto pueden acogerse a la remisión de intereses, multas y recargos hasta el 31 de julio de 2024 fraccionando en partes su deuda.

Esto significa que el contribuyente puede "pagar por separado cada glosa sin necesidad de pagar la totalidad de la deuda para acogerse a la remisión".

La entidad aclara que los contribuyentes no tiene la obligatoriedad de desistir de procesos de impugnación en sede administrativa o judicial para acceder a la remisión. "Es decir, que pueden pagar unas glosas y continuar con procesos de revisión o impugnación sobre otras".

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  • Si producto de una determinación se le generaron dos glosas por el ejercicio fiscal 2020: una por USD 100 (más de USD 30 de interés, USD 20 de recargo y USD 10 de multa. Total a pagar sin remisión USD 160); y otra por USD 50 (más de USD 15 de interés, USD 10 de recargo y USD 5 de multa. Total a pagar sin remisión USD 80).
  • Si el contribuyente se acoge a la remisión por la primera glosa, pagará USD 100 y se ahorrará USD 60 en multas, intereses y recargos.
  • La remisión de intereses, multas y recargos se encuentra contemplada en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo y aplica para obligaciones tributarias pendientes de pago generadas hasta el 31 de diciembre de 2023 (excepto el impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2023), explicó el SRI.

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