Consulta popular 2024 | La hora de trabajo en Ecuador costaría, al menos, USD 1,92
La cifra sería referencial, asegura la ministra del Trabajo. Se debe fijar el valor por sectores.
Una de las preguntas que estaría incluida en la próxima consulta popular está relacionada con la contratación laboral por horas o a plazo fijo.
La intención del gobierno de Daniel Noboa es que la Constitución, en su artículo 327, establezca que estos mecanismos de contratación "no constituyen formas de precarización laboral". Asimismo, el régimen pretende incluir ambas formas de empleo en el artículo 14 del Código del Trabajo.
En una entrevista con Ecuavisa.com, la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, subrayó que, si la pregunta es respaldada, los empleados que sean contratados por horas o a plazo fijo gozarán de los mismos beneficios que un colaborador contratado de manera indefinida, entre esos se refirió también a las utilidades.
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Con esta propuesta, la Administración de Noboa intenta que más ciudadanos tengan un empleo formal. En Ecuador, apenas un 36 % de la población tiene trabajo adecuado, es decir, gana al menos el sueldo básico (460 dólares), está afiliado a la seguridad social y goza de beneficios señalados en la ley. El resto de la población económicamente activa está en el subempleo o desempleada.
Por otra parte, los contratos por horas y a plazo fijo ya estuvieron vigentes en el país. En el primer caso, hasta 2008. La Constitución aprobada ese año prohibió el empleo por horas. En el segundo caso, hasta 2015. El entonces presidente Rafael Correa consideró que esa figura generaba inestabilidad laboral.
El costo de la hora de trabajo
Si la pregunta es aprobada, el Ministerio del Trabajo tiene otra tarea: fijar el costo de la hora de trabajo. Núñez explica que la base sería de 1,92 dólares. Ese valor resulta de la división del salario básico por 240 horas que labora una persona al mes.
La cifra es bajísima, no obstante, indica que sería un número referencial, pues no son los mismos sueldos en todos los sectores.
Por ejemplo, en el área automotriz, el salario mínimo mensual de un electricista es de USD 476,55. Mientras que, en el área de las telecomunicaciones, el sueldo básico de un analista de sistemas es de USD 1 322,64. En cambio, en el área de la construcción, lo mínimo que puede percibir un ingeniero civil son USD 535,34.
Núñez es optimista. Cree que la pregunta sí será aprobada por los ecuatorianos y la contratación por horas o bajo un plazo determinado será una realidad este mismo año.
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Entre el respaldo y el rechazo
Los empresarios apoyan la intención del Gobierno Nacional. El presidente del Comité Empresarial Ecuatoriano, Miguel Ángel González, asegura que el sector productivo está dispuesto a cumplir con todos los beneficios con las personas que sean fichadas por horas o a plazo fijo.
No obstante, pide que el Ministerio del Trabajo no conciba un marco legal rígido con respecto al costo de la hora.
En contraparte, el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) rechaza la iniciativa. El titular de la organización sindical, José Villavicencio, sostiene que el trabajo por horas o a plazo fijo es una manera de "precarización y explotación laboral".
El líder gremial añade que estos mecanismos de contratación no brindan estabilidad y duda que a raíz de la consulta popular se cree trabajo. Él sugiere "trabajo parcial permanente".
La pregunta del trabajo por horas y otras tres interrogantes sobre la extradición de ecuatorianos, reconocer el arbitraje internacional para promover la inversión extranjera y establecer judicaturas especializadas en materia constitucional son revisadas nuevamente por la Corte Constitucional (CC), que debe emitir un pronunciamiento hasta el sábado 17 de febrero y decidir finalmente si esos cuatro temas serán consultados a la ciudadanía en un plebiscito.
El FUT quiere participar en el análisis sobre la contratación laboral, por ello este 1 de febrero presentó un amicus curiae ante el CC.
Actualmente, todo contrato laboral en Ecuador se vuelve indefinido luego de tres meses de prueba. Luego de ese periodo, en caso de despido, el empleador debe pagar una liquidación. Sin embargo, la ley reconoce otros tipos de contrato como: los contratos por obra cierta, los contratos eventuales, ocasionales y de temporada, y los de aprendizaje.
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