La Cámara de Comercio de Quito apoya que el Gobierno solicite alivios económicos para la gente en bancos y casas comerciales
Afirma que se trata de una propuesta presentada por la misma CCQ para los ciudadanos en medio de la crisis energética por la que atraviesa el país
En un comunicado que se publicó hoy, miércoles 6 de noviembre de 2024, la Cámara de Comercio de Quito (CCQ) informó que valora la decisión del Gobierno de solicitar alivios económicos para la gente en las entidades financieras y casas comerciales.
Para los directivos de esa entidad, esa iniciativa es una alternativa que responde a la propuesta de la misma CCQ. "Las medidas de apoyo son fundamentales para proteger la productividad del país y aliviar las dificultades económicas de las familias ecuatorianas, contribuyendo a la sostenibilidad de los negocios y los empleos".
Esa medida se suma a otras implementadas por la CCQ como la reducción de aranceles y el acceso a créditos con tasas reducidas para la adquisición degeneradores eléctricos.
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#LoMásLeído | Mediante el decreto ejecutivo 444, el presidente Daniel Noboa habilitó programas de diferimiento extraordinario de deudas, que no generarán intereses, gastos, recargos ni multas adicionales. 👉 https://t.co/KYZ1kfKGQp pic.twitter.com/BJlY58jtwJ
— Ecuavisa Noticias (@EcuavisaInforma) November 6, 2024
El Gobierno Nacional se sumó a la iniciativa privada y habilitó a las entidades financieras públicas, privadas y de la economía popular y solidaria, para diferir las deudas de sus clientes por hasta 90 días.
Mediante el decreto ejecutivo 444, el presidente Daniel Noboa habilitó programas de diferimiento extraordinario, "cuyas cuotas podrán trasladarse al final de la tabla de amortizaciones correspondiente". Esto quiere decir que, de acuerdo a la entidad, hasta tres cuotas se pagarán al final del préstamo o diferimiento, incrementando también el tiempo del crédito.
El documento establece que este beneficio no generará intereses moratorios, gastos, recargos ni multas. Además, se aplicará por solicitud de cada cliente o por iniciativa de cada entidad financiera, y deberá contar con la aceptación expresa del deudor.
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