Las cifras oficiales señalan que el sector privado, perjudicado por los apagones, emplea a nueve de cada 10 ecuatorianos con trabajo formal.
Los apagones obligatorios de 10 horas para el sector industrial hacen que los representantes del gremio y los propios trabajadores teman despidos masivos anta la baja de producción. Las primeras estimaciones calculan pérdidas de USD 12 millones por hora, que también podría traducirse en retrasos en el pago de salarios, fata.
Las cifras oficiales señalan que el sector privado, ahora perjudicado, emplea a nueve de cada 10 ecuatorianos con trabajo formal.
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Si la empresa toma la decisión de desvincular a funcionarios, aquellos que estén afiliados al Seguro Social (IESS) tienen derecho a una indemnización por despido intempestivo. Esta se calcula, según el artículo 188 del Código de Trabajo, teniendo como referencia el valor de la última remuneración.
Puede calcular el monto con la calculadora del Ministerio del Trabajo, haciendo clic aquí.
Calcule así su indemnización
Si el trabajador ha laborado menos o hasta tres años en la empresa, el monto será de tres meses de remuneración; y, si tiene laborando más de tres años, el cálculo se hace con el valor equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, sin que en ningún caso ese valor exceda a 25 meses de remuneración. La fracción de un año se considerará como año completo.
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También se contemplan aspectos como el número de vacaciones acumuladas, si mensualiza o no los décimos, si se trata de una mujer embarazada, una persona con discapacidad, entre otros.
Beneficios que se mantienen a pesar del despidolos trabajadores que se encuentran en relación de dependencia es el Seguro Social (IESS).
El afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) que cesa en su trabajo y deja de aportar, conserva el derecho para solicitar prestaciones de los Seguros de Salud y de Pensiones, durante un tiempo determinado para cada prestación.
Después de la fecha de cese en el trabajo, el afiliado (a) tiene dos meses de cobertura con prestaciones y servicios, para los casos de enfermedad y maternidad.
El afiliado que deja de aportar al IESS y le falta edad para la jubilación ordinaria de vejez, conserva el derecho para esta prestación en un porcentaje que tiene relación con los años de aportes, de acuerdo a la siguiente tabla:
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