Solo 65 operadores de pronósticos deportivos se han registrado en el SRI
Los operadores de pronósticos deportivos deben pagar un 15 % de impuestos de los ingresos percibidos.
Damián Larco, director del Servicio de Rentas Internas, informó este 26 de agosto en una entrevista que 65 operadores de pronósticos deportivos se han registrado en el catastro del SRI.
De ese número, dos son sociedades extranjeras y 63 están domiciliadas en Ecuador. No obstante, se considera que hay muchas más operadoras que no han hecho el registro para pagar impuestos.
Cabe recordar que la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar estableció el Impuesto a la Renta Único a los Operadores de Pronósticos Deportivos (IRUPD) desde el 1 de julio de 2024.
Las entidades tienen que pagar un 15 % de los ingresos percibidos por las apuestas deportivas.
Los operadores de pronósticos deportivos, tanto residentes como no residentes, deberán declarar y pagar el IRUPD mediante el formulario de Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta.
El documento está disponible para su descarga en la página del SRI: www.sri.gob.ec.
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