El SRI estableció las normas para la declaración y pago del impuesto a los operadores de pronósticos deportivos
Conozca quiénes deben pagar el impuesto, los formularios, el calendario para la declaración y pago, entre otros aspectos.
Los lineamientos para la implementación del Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos (IRUPD) están listos. El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la resolución que establece los plazos, formas de declaración, reglas de emisión de comprobantes de venta y retención, entre otros aspectos regulatorios.
Según la normativa, el tributo grava con una tarifa del 15 % los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos, tanto residentes como no residentes en el país.
El SRI enfatizó en que el pago se estableció en la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, vigente desde el 2023, y estableció el Impuesto a la Renta Único a los Operadores de Pronósticos Deportivos desde el 01 de julio de 2024.
¿Quiénes pagan este impuesto?
Deben pagarlo todos los operadores de pronósticos deportivos en el país, tanto si son residentes como si residen en el exterior.
¿Cómo se calcula la base imponible?
Para este cálculo se deben sumar todos los valores que el operador recibe del jugador y que hayan sido utilizados para un pronóstico deportivo.
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Cuando el jugador no haya acertado en la parte de su pronóstico, ese monto y todos los valores que la operadora cobre al jugador, vinculados directamente con un pronóstico deportivo, se sumarán y a este resultado se restará el valor de los premios ganados por los jugadores durante el periodo, sobre los que se hubiere efectuado retención en la fuente.
Sobre el resultado obtenido se aplicará la tarifa única del 15 %.
¿Cuál es el calendario para la declaración y pago de este impuesto?
El plazo para la declaración y pago mensual del IRUPD es conforme al noveno dígito del RUC y según el siguiente calendario:
¿Qué formulario deberán utilizar para declarar este impuesto?
Los operadores de pronósticos deportivos, tanto residentes como no residentes, deberán declarar y pagar el IRUPD mediante el formulario de Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta.
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El documento está disponible para su descarga en la página del SRI: www.sri.gob.ec.
¿Los operadores de pronósticos deportivos deben emitir comprobantes de venta?
Sí, todos los operadores deportivos deben emitir comprobantes de la transacción de forma electrónica.
El SRI enfatizó en que es necesario seguir las directrices de la ficha técnica publicada en su página web.
Recuerde que los comprobantes no podrán ser emitidos a nombre de consumidores finales y deberán reflejar todos los eventos deportivos pronosticados que generen ingresos para la operadora.
¿Los operadores de pronósticos deportivos deben tener RUC?
Sí, es un elemento necesario para entregar comprobantes de venta.
Quienes se desempeñen como operadores de pronósticos deportivos pueden inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) bajo la actividad económica de Gestión de sitios de internet dedicados a los pronósticos deportivos.
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El SRI advirtió que ejecutará procesos de control para verificar el correcto cumplimiento de estas obligaciones tributarias. El objetivo es asegurar que todos los ingresos derivados de las actividades de pronósticos deportivos sean declarados y pagados.
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