Corte Constitucional: No hubo doble juzgamiento en caso de justicia indígena 'La Cocha'
Se emitió además una resolución sobre el trato que deben dar medios de comunicación a estos temas.
Después de cuatro años, la Corte Constitucional resuelve el caso conocido como 'La Cocha' ocurrido en el 2010, cuando los presuntos responsables de la muerte del joven Marco Olivo fueron sancionados tanto por la justicia indígena como por la justicia ordinaria.
La resolución marca un importante precedente para los casos que tienen que ver con justicia indígena. Los jueces manifestaron que sobre este caso no hubo doble juzgamiento.
Los asesinos de Olivo fueron sancionados por su comunidad indígena a través de latigazos y baños de agua fría, pero además la Fiscalía y los jueces los sancionaron.
En un segundo punto, la Corte resolvió que a partir de hoy los delitos contra la vida serán juzgados únicamente por la justicia ordinaria y no por la indígena, así el hecho haya ocurrido en una comunidad indígena, o sean indígenas la víctima o el victimario.
Un tercer punto de la resolución exige un procedimiento que deben seguir los medios de comunicación para tratar hechos y sucesos que tengan que ver con la justicia indígena.
“Es obligación de todo medio de comunicación público, privado o comunitario, que para la difusión de casos de justicia indígena, previamente se obtenga la autorización de las autoridades indígenas concernidas y comunicar los hechos asegurando la veracidad y contextualización, reportando de manera integral los procesos de resolución de conflictos internos y no solo los actos de sanción”, manifestó Patricio Pazmiño, presidente de la Corte Constitucional.
La Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Justicia y al Consejo de la Judicatura que difundan esta resolución masivamente en la sociedad.
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