Largo camino aún para implementar la Ley de aborto por violación en Ecuador
Ecuador es el segundo país con más embarazos adolescentes en la región.
Con 8 votos a favor y 2 votos en contra, se aprobó este 2 de diciembre el informe para primer debate del “Proyecto de Ley para garantizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación”.
El legislativo tenía un plazo para aprobar la norma que vencía este 28 de diciembre, así el debate quedaría para enero dado que la Asamblea iniciará su receso el próximo 16 de diciembre.
El pasado 29 de abril la Corte Constitucional estableció que el Legislativo en el plazo máximo de 6 meses, contados desde la presentación del proyecto de ley, deberá conocer y discutir la normativa. Sin embargo, André Benavides, constitucionalista aclara que "el plazo es para conocerlo y discutirlo, no dice aprobarlo".
Largo camino aún
En la actualidad, aunque el aborto en casos de violación fue despenalizado, "lo que corresponde es que expida una Ley que desarrolle y aterrice los parámetros que estableció la Corte", explica el constitucionalista.
Pero hasta que la ley sea aprobada por la Asamblea, dice Benavides, "todavía falta un camino largo por recorrer. Al menos seis meses, y esto dependerá de los tiempos políticos pueden tener los informes, pero si la presidenta no convoca a sesión del pleno nunca se va a debatir".
Puntos por abordar
Uno de los temas que quedó abierto en el informe fue determinar el tiempo máximo del embarazo hasta el que se permitiría el aborto, que por lo pronto no está fijado.
En ese sentido, Geraldine Guerra, directora de la Red de Casas de Acogida de Ecuador, señala que "las mujeres y niñas más vulnerables se demoran más en reconocer sus embarazos y buscar la interrupción legal del embarazo". Por ella, enfatiza que "si la Ley limita el acceso a un tiempo gestacional, ellas se verán forzadas a la clandestinidad y otra vez la rueda de la revictimización y vulneración de derechos".
Por su parte, Benavides explica que la Ley no puede ir en contra de los estándares dictados por la Corte "podría establecer parámetros siempre y cuando no contradigan lo que dice la Corte, si pone requisitos adicionales que no están en la sentencia eso contradice el fallo".
Solo en 2020, de 265.437 nacidos vivos, 1.631 fueron de niñas de 10 a 14 años de edad, según datos del INEC. "Esto es una deuda histórica", dice Guerra y además enfatiza que "los señores y señoras asambleístas deben legislar de acuerdo a eso (el mandato de la Corte Constitucional) y sin condiciones ni de tiempo ni de objeción de conciencia".
Cada año unas 3.000 niñas menores de 14 años dan a luz, edad en la que es considerada una violación por el Código Orgánico Integral Penal. "Ecuador no puede seguir dando largas a la implementación de esta Ley porque ya es ley", resalta Guerra.
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