18 dic 2024 , 06:00

Sentencia del caso Isaías abre dos debates: la corrupción en el sistema judicial y la venta de los medios incautados

Ya han pasado 24 años desde la primera vez que se investigó a los hermanos Isaías.

Finalmente, llegó el pronunciamiento de la Corte Constitucional (CC) sobre el caso Isaías. Con el voto favorable de los nueve jueces, el órgano jurisdiccional aceptó las seis acciones de protección y dejó sin efecto las decisiones judiciales que autorizaron la devolución de los bienes a los hermanos Roberto y William Isaías.

Las instituciones que presentaron las demandas fueron: Procuraduría General del Estado, el Centro de Inteligencia Estratégica, la Unidad de Gestión y Regularización, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Ambiente y el Banco Central del Ecuador.

La sentencia fue emitida el 21 de noviembre de 2024, pero difundida por la Procuraduría, ayer, 17 de diciembre. Llega dos años después de un complejo trámite al interior de la CC. Con eso se cierra un capítulo, que comenzó en 1998 con la decadencia del Grupo Isaías; pero se abren otras dudas respecto al abuso de las medidas cautelares, que apunta la Corte Constitucional en su fallo; y a la venta de las propiedades, sobre todo los medios de comunicación incautados, que hasta la fecha no ha podido concretarse.

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La Corte Constitucional apunta a un error inexcusable por parte de los jueces

El 19 de julio de 2018, el abogado de los hermanos Isaías, Jorge Zavala Egas, presentó una medida cautelar autónoma en contra de Inmobiliar, que el juez Jhonny Lituma, de la Unidad Judicial Norte 2 de Guayaquil, concedió y ordenó la abstención de la enajenación de los bienes inmuebles.

El 3 de mayo de 2022, el proceso pasó a ser una acción de protección, por resolución del juez, y 10 días después el magistrado establece la reparación a los hermanos Isaías, es decir, la devolución de los bienes.

Como antecedente, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, en 2016, determinó que Ecuador violó el derecho de los hermanos Isaías, a un proceso con garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil.

En septiembre de 2022, una sala Especializada de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, integrada por los jueces Adolfo Gaibor, Carlos González y Fabiola Gallardo (quien emitió un voto salvado), rechazó recursos presentados por las instituciones afectadas y ratificó lo decidido por el juez en primera instancia.

Para la Corte Constitucional, los jueces de ambas instancias podrían incurrir en prevaricato, es decir, cuando fallan en contra de ley expresa.

Además, determina que los jueces de la Corte Provincial cometieron error inexcusable que podría causar un daño significativo y grave para el Estado; y que existió una vulneración del derecho a la seguridad jurídica.

La decisión incluye la notificación de la sentencia al Consejo de la Judicatura para que inicie acciones administrativas, así como la Fiscalía General del Estado para que investigue a los jueces.

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También deja sin efecto las actuaciones en el proceso, incluso las diligencias ya efectuadas. En otras palabras, los bienes no serán devueltos y los que ya tienen en su poder deben pasar nuevamente a administración del Estado.

No es nuevo que en Ecuador se abuse de las medidas cautelares, por parte de jueces que toman decisiones por fuera de la ley o de sus facultades legales.

El caso Metástasis y Purga, revelados por la Fiscalía, evidenciaron la compra y venta de resoluciones de este tipo en unidades judiciales de toda instancia.

¿Qué pasará con los bienes y los medios de comunicación?

Empresas, autos, casas, terrenos, mansiones, galpones, haciendas y hasta cartera por cobrar fueron incautados por el Estado cuando la extinta Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) ordenó en 2008 la retención de esos bienes para cubrir las pérdidas provocadas por Filanbanco.

Una auditoria internacional estimó en USD 661 millones el valor de las propiedades, pero la defensa de Roberto y William Isaías aseguró que lo confiscado sobrepasó ese valor.

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Entre las empresas que pasaron a manos del Estado estaban 11 medios de comunicación que nunca se pudieron vender. La mayoría quebró y se convirtieron en problemas más que en beneficios para las arcas estatales.

Por ejemplo, el canal de televisión Gamavisión pasó de ser uno de los más vistos en el país, a tener una deuda de por lo menos USD 4 millones con sus trabajadores, entre jubilaciones, sueldos pendientes y aportes al IESS. Hasta septiembre de este año continuaban trabajando unas 49 personas, en pésimas condiciones.

Por otro lado, la Cadena Ecuatoriana de Televisión C. A., comercialmente conocida como TC Televisión, ha logrado mantenerse económicamente, por el peso de la marca.

En su momento, el gobierno de Rafael Correa, que ejecutó las incautaciones, prometió vender los medios de comunicación en seis meses. Sin embargo, nunca cumplió. Por el contrario, utilizó esos espacios para la propaganda gubernamental.

Lo mismo ocurrió con los gobiernos siguientes, de Lenín Moreno, Guillermo Lasso y Daniel Noboa. Aunque en 2018 ya hubo la sentencia que prohibía la enajenación, es decir, legalmente estaban impedidos de la venta.

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Ahora, con la resolución de la Corte Constitucional, ya podrían venderse, pero surge la duda de si el Gobierno estará dispuesto a perder la máquina propagandística que le representa.

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