La FEF podría ser suspendida por la FIFA ante posible injerencia en caso Barcelona SC
Ante la presencia de la justicia ordinaria que involucra a Barcelona SC, esto podría ser considerado como injerencia de terceros por parte de la FIFA-Conmebol.
El caso de Barcelona SC y su registro de directorio se sigue dilatando por la disputa legal que involucra a la lista de Antonio Álvarez y el Ministerio del Deporte, pero ahora, la FEF se ha activado en el tema entrando en otra fase.
Si bien la FEF propuso a Barcelona registrar sus jugadores, pero no mencionó hacer lo mismo con Álvarez, algo que ha sido rechazado por el presidente no reconocido y manteniendo el juicio en lo ordinario, algo que ante los ojos de Conmebol-FIFA podría ser considerado una falta para sancionar al fútbol ecuatoriano.
Y es que según establece el artículo 15 de los Estatutos de la FIFA, la FEF tiene tiene la obligación de cumplir en su gobernanza, distintos principios, entre los que se encuentra, el establecido en el literal c, que es "independencia y prevención de injerencias políticas".
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La abogada Mariela Díaz, especialista en derecho deportivo, explica: "si para la FIFA y Conmebol se está incumpliendo esta disposición por parte de la FEF, también está contemplada en el artículo 10 de los Estatutos de Conmebol, por lo que la FEF podría ser suspendida, conforme la dictamina el artículo 16 de los Estatutos de la FIFA".
La FIFA dice que los clubes y ligas que estén afiliados en la FEF, establece que es obligación de las federaciones, garantizar que sus clubes afiliados tomen decisiones con independencia de cualquier otra entidad externa, lo cual guarda intima relación con el principio de no injerencia en el fútbol.
El párrafo anterior es clave, ya que el hecho que Ministerio tiene dos casos abiertos en la justicia ordinaria por tema BSC, serían argumentos para activar a la Conmebol-FIFA.
Díaz señala que efectivamente la "no injerencia" es importante en lo deportivo, ya que "el artículo 58 de los estatutos de la FIFA, se establece como obligación de las ligas y sus afiliados, la prohibición de recurrir ante tribunales ordinarios, e inclusive habla expresamente de acudir a la vía ordinaria para obtener medidas cautelares de toda índole".
"El artículo 58 en su numeral 3, incluyen prohibición de federación, clubes y ligas en ampararse en tribunales ordinarios, debiendo comprometerse la federación en garantizar que esta disposición se cumpla cabalmente, inclusive imponiendo una obligación vinculante a sus miembros. La FEF puede sancionar a quien incumpla esto", profundiza la jurista.
De esta forma, tanto la FIFA como Conmebol podrían considerar los juicios abiertos en caso Barcelona en tribunales ordinarios como una injerencia externa, por lo que podría sancionar a la FEF como un posible escenario negativo.
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