02 may 2016 , 04:50

Comenzó cobro de impuesto a la salida de divisas en aeropuertos

   

El pago del tributo rige para las personas que salgan de Ecuador vía aérea o terrestre.

El cobro de impuesto a la salida de divisas a aquellas personas que viajen al exterior con más de 1.098 dólares (tres salarios básicos unificados) inició este 2 de mayo de 2016 en los aeropuertos del país, tras la vigencia de la Ley orgánica para el equilibrio de las finanzas (reformas tributarias), aprobada la semana anterior por la Asamblea Nacional y que se publicó sin cambios en el Registro Oficial. Se trata del 5 por ciento de impuesto sobre el excedente del dinero en efectivo que porte el viajero.

 

 

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La medida genera descontento entre los pasajeros y muchos de ellos desconocen que deben cumplir con esa obligación tributaria.

 

Según Juan Miguel Avilés, director regional del Servicio de Rentas Internas (SRI), son mil millones de dólares los que se recaudaron en el último año por concepto de impuesto a la salida de divisas. La intención, sostiene, es reducir la salida de dólares del Ecuador y no necesariamente recaudar más, y anuncia que se implementarán controles.

 

 

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Quienes salgan del país por sus fronteras terrestres también deberán realizar el pago del impuesto.

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