Elecciones Ecuador 2023: candidatos al CPCCS hacen campaña respaldados por organizaciones políticas
Los candidatos al CPCCS para las elecciones de 2023 utilizan las redes sociales para promocionarse, y podrían infringir las normas electorales.
El próximo 5 de febrero, los ecuatorianos tienen que acudir a las urnas para decidir, entre otras cosas, sobre el futuro del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
Y lo deben hacer por dos vías: escogiendo a siete representantes para el nuevo periodo del organismo y votando por el ‘Sí’ o el ‘No’ en dos preguntas del referéndum relacionadas a las atribuciones de esa institución.
Según las últimas reformas a la Ley del Consejo de Participación Ciudadana, los miembros son ciudadanos elegidos por sufragio universal y no involucrados a organizaciones políticas a nivel de adherentes, afiliados o dirigentes. En la práctica, hay una promoción abierta de ciertos movimientos políticos a grupos de candidatos.
La más evidente es la campaña que promociona a los siete postulantes afines al correísmo: Augusto Verduga, Hugo España, Eduardo Franco Loor, Alembert Vera, Vielka Párraga, Yadira Salto y Jeanneth Lozada.
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El espacio para esa promoción, que infringe las normas electorales, son las redes sociales. Las siete personas mencionadas se unificaron en el uso de colores (el mismo que de la Revolución Ciudadana), símbolos y mensajes, tal como en una campaña política para escoger a dignidades seccionales o asambleístas.
Además, realizan mítines políticos, convocan a ruedas de prensa y difunden videos grabados en conjunto indicando el casillero en el que se encuentran en cada una de las tres papeletas: hombres, mujeres y minorías.
Organizaciones políticas respaldan la campaña
Su campaña incluso va más allá, hay asambleístas que actualmente ocupan una curul de la bancada de la Revolución Ciudadana que comparten ese contenido y motivan el voto para esos candidatos. La norma contempla como uno de los principios del CPCCS la independencia, es decir que actuará sin influencia de otros poderes públicos.
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Sin embargo, los ‘correístas’ no son los únicos. El presidente del Partido Social Cristiano (PSC) difundió un video sugiriendo el voto por cada papeleta. “Me parece muy buena esta propuesta para elegir a los integrantes del CPCCS. Por eso, yo votaré por estos candidatos”, indica en una publicación de Twitter.
Por otro lado, otro grupo de candidatos decidieron agruparse y hacer campaña en conjunto, según aseguran, no responden a ninguna organización política, se trata de: Jacqueline Ludeña, Juan Esteban Guarderas, Pamela Troya, Óscar Ayerve, Teddy Tama, Paulina Jiménez y David Zúñiga.
Ellos se autodenominan “Los siete de la gente” y según Ayerve “es una respuesta a la ilegal promoción de candidatos correístas al CPCCS”.
La norma tiene un vacío legal
La Ley establece que: “Ningún partido o movimiento político, organización social, funcionario público, candidato o ciudadano podrá realizar actos de proselitismo político a favor o en contra de ningún candidato o candidata a consejera o consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, lo cual será considerado infracción electoral, conforme la Ley”.
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La contravención de esta disposición termina con la descalificación del candidato por el CNE.
Al ser consultado por Ecuavisa.com, el Consejo Nacional Electoral respondió que "no cuenta con denuncia alguna de la que se desprenda la realización de actos de publicidad electoral conjunta entre candidatos al Cpccs".
Pero el problema está en que el control que hace el organismo es en medios de comunicación social y medios digitales, no en redes sociales.
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Enrique Pita, vicepresidente del CNE, en cambio, dice que sí conoce de esas infracciones, pero explica que hay un vacío legal en el control de la pauta que utilicen los candidatos en redes sociales; a su criterio se necesita una reforma en el Código de la Democracia para fiscalizar ese tipo de campaña.
¿Por qué tanto interés en el Cpccs?
Hoy por hoy, siguiendo el mandato de la Constitución, el CPCCS tiene la capacidad de nombrar al Procurador, Defensor del Pueblo, Defensor Público, Fiscal General del Estado, Contralor General, titulares de las superintendencias y miembros del Consejo Nacional Electoral y del Consejo de la Judicatura.
Es decir, básicamente quien tenga el poder del CPCCS tiene el poder de elegir a las autoridades de control y de incidir sobre otros poderes del Estado como el judicial o el electoral.
No obstante, esas facultades también decide el electorado en estas votaciones. La quinta pregunta plantea que la selección de esas dignidades recaiga sobre el Legislativo; y la sexta que los vocales del CPCCS sean escogidos también en la Asamblea.
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