21 ago 2018 , 05:06

Ley de Fomento Productivo entra en vigencia en el país

Normativa que, según el Gobierno, busca generar empleo, fue publicada en Registro Oficial.

   


La Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo y Estabilidad y Equilibrio Fiscal entró en plena vigencia una vez publicada en el Registro Oficial del 21 de agosto 2018.

 

El objetivo de la norma, según recuerda la web del Legislativo, es “viabilizar el Plan Económico del Gobierno sobre la base de nuevos incentivos que permitan optimizar el ejercicio de las actividades productivas en favor del desarrollo del Ecuador”. 

 

La ley prevé la remisión del 100 % de intereses, multas y recargos derivados del saldo de las obligaciones tributarias o fiscales internas cuya administración o recaudación le corresponde al Servicio de Rentas Internas. También de las obligaciones aduaneras establecidas en control posterior a través de rectificaciones de tributos, cuya administración o recaudación le corresponde al Servicio Nacional de Aduanas, determinadas al 2 de abril del 2018.

 

Además, la remisión de intereses de impuestos vehiculares, así como de recargos y multas derivados de la matriculación vehicular e infracciones de tránsito, en obligaciones patronales con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Igualmente, en servicios básicos y para créditos educativos y becas.

 

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La también conocida como Ley de Fomento de Productivo establece que las nuevas inversiones productivas que se inicien desde la vigencia de la nueva normativa, en sectores como industrias básicas, tendrán derecho a la exoneración del Impuesto a la Renta y su anticipo por 15 años. 

 

El plazo de exoneración será contado desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión. Los plazos de exoneración se ampliarán por cinco años, en el caso que dichas inversiones se realicen en cantones fronterizos del país.

 

La ley determina la condonación de deudas con BanEcuador, Corporación Financiera Nacional (CFN) y Banco Nacional de Fomento en liquidación por montos de hasta 50 mil dólares, a personas cuyos cónyuges o parejas en unión de hecho hayan fallecido. Para las personas adultas mayores la condonación será del 50 % de dicho monto.

 

La normativa fija tarifa cero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para las importaciones de materia prima e insumos del sector de pesca, entre otros segmentos productivos.

 

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